Boletín nº 119 (25-06-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción Número 2
Pozoblanco
Nº. 6.142/2010
Don Serafín Redondo Ramos, Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Pozoblanco (Córdoba), hago saber:
Que en el expediente de declaración de herederos abintestato seguido en este Juzgado al número 627/2009 por el fallecimiento sin testar de Dña. Teodora López Celestino ocurrido en Córdoba el día 31 de marzo de 2009 promovido por su hermano José López Celestino, a favor del propio solicitantes y de sus hermanos Dolores, Lucia Acisclo, José y Manuel López Celestino, de su sobrina Antonia López Viñas hija de su hermano Santiano López Celestino y de su sobrino nieto Raúl Monjas López hijo de Manuela López Viñas fallecida hija de Santiano López Celestino, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar a los que se crean con igual o mejor derecho a la herencia que los que la solicitan, para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días a partir de la publicación de este edicto, apercibiéndoles que de no verificarlo les parará el perjuicio a que hay lugar en derecho.
En Pozoblanco, a 13 de mayo de 2010.- El Secretario, Serafín Redondo Ramos.
Don Serafín Redondo Ramos, Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Pozoblanco (Córdoba), hago saber:
Que en el expediente de declaración de herederos abintestato seguido en este Juzgado al número 627/2009 por el fallecimiento sin testar de Dña. Teodora López Celestino ocurrido en Córdoba el día 31 de marzo de 2009 promovido por su hermano José López Celestino, a favor del propio solicitantes y de sus hermanos Dolores, Lucia Acisclo, José y Manuel López Celestino, de su sobrina Antonia López Viñas hija de su hermano Santiano López Celestino y de su sobrino nieto Raúl Monjas López hijo de Manuela López Viñas fallecida hija de Santiano López Celestino, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar a los que se crean con igual o mejor derecho a la herencia que los que la solicitan, para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días a partir de la publicación de este edicto, apercibiéndoles que de no verificarlo les parará el perjuicio a que hay lugar en derecho.
En Pozoblanco, a 13 de mayo de 2010.- El Secretario, Serafín Redondo Ramos.