Boletín nº 122 (30-06-2010)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba
Delegación de Igualdad

Nº. 6.776/2010

La Junta de Gobierno de esta Corporación, en sesión celebrada el 14 de junio de 2010, ha adoptado, entre otros, el acuerdo de aprobación de la Convocatoria de Subvenciones a entidades públicas y privadas de la provincia de Córdoba durante el año 2010 para el fomento de empleo de mujeres con dificultades de inserción laboral (Programa Emple@), en los términos siguientes:

" CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA DURANTE EL AÑO 2.010 PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO DE MUJERES CON DIFICULTADES DE INSERCIÓN LABORAL (PROGRAMA EMPLE@)

1. BASES REGULADORAS

Con independencia de las especificidades que se indican en la presente Convocatoria, las bases reguladoras de la misma se contienen en la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones por la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, aprobada por acuerdo plenario de 20 de diciembre de 2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 45 de 14 de marzo de 2007, (Ordenanza General, en lo sucesivo).

2. PRESUPUESTO TOTAL Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

El presupuesto total disponible en la presente Convocatoria asciende a la cantidad de 154.400 €, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 4802321 47900 del Presupuesto General de la Diputación Provincial para el ejercicio 2010.

3. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD

3.A. Constituye el objeto de la presente Convocatoria la regulación de las subvenciones a conceder a Entidades públicas y privadas de Córdoba y provincia por la contratación laboral, entre el 17 de octubre de 2.009 y el 31 de julio de 2.010, de mujeres que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

- Mujeres víctimas de violencia de género, y especialmente aquellas que hayan pasado por un proceso de recuperación y reinserción en centros especializados.

- Mujeres con responsabilidades familiares no compartidas (hijos/as, personas mayores, y/o discapacitadas que impliquen dependencia de otra persona) y/o problemática específica que les impida acceder a un empleo por los medios normalizados.

- Mujeres con discapacidad.

- Mujeres que hayan completado la fase formativa de los itinerarios de inserción organizados conjuntamente por la Delegación de Igualdad y el Departamento de Promoción y Asuntos Europeos, programas Emple@ y Empleate.

3.B. La finalidad de las subvenciones es dar cumplimiento a los objetivos del Programa Emple@, que se define como un instrumento eficaz para la inserción sociolaboral de mujeres, y pretende constituirse en una herramienta útil para romper la cadena de permanente exclusión social a colectivos de mujeres con dificultades para acceder a procesos normalizados de integración laboral.

El objetivo general del Emple@ es el de favorecer la inserción y el mantenimiento en el mercado de trabajo de mujeres cabezas de familia monoparentales, con ausencia o escasez de recursos económicos y/o con especiales dificultades para acceder por sus propios medios al mercado laboral, incentivando la contratación de este colectivo de mujeres a empresas, instituciones públicas y organizaciones que desarrollen su actividad en Córdoba y provincia.

4. REGIMEN DE CONCESIÓN

La concesión de las subvenciones a que se refiere la presente Convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

5. CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES

5.A. Las subvenciones o incentivos económicos a conceder serán de hasta:

- 4.600 €, en el caso de contrataciones indefinidas (excluyendo las fijas-discontinuas) a tiempo completo.

- 3.600 €, en el caso de contrataciones por un año a tiempo completo.

- 1.800 €, en el caso de contrataciones por 6 meses a tiempo completo (período mínimo de contratación subvencionable).

5.B. En el caso de contratos a tiempo parcial, la jornada laboral tendrá que ser igual o superior a la mitad (50%) de la establecida según el convenio que regule la contratación de que se trate, y el período mínimo de contratación será de un año. En estos casos la cuantía de la subvención será la parte proporcional de la cantidad establecida para las contrataciones indefinidas o para las de un año a tiempo completo, según el caso. Para determinar esto, se tendrá en cuenta el coeficiente de tiempo parcial aplicado en el documento de alta en Seguridad Social de la trabajadora.

5.C. En el caso de contratos a tiempo completo de duración superior a 6 meses e inferior a un año, la subvención será la parte proporcional correspondiente a los meses trabajados. Para el cálculo sólo se tendrán en cuenta meses completos y no las fracciones inferiores a un mes.

5.D. Los contratos que no especifiquen fecha de finalización deberán acompañarse de un documento firmado por el/la representante legal de la empresa/entidad en el que se indique la fecha de finalización a la que se compromete dicha empresa. En caso contrario, se considerará la duración mínima según lo establecido en la base 5.A.

5.E. Además de la subvención económica, se otorgará a las entidades beneficiarias un Distintivo de Calidad que podrá incorporar la empresa a su imagen externa en folletos y otros medios publicitarios como empresa colaboradora del Programa Emple@.

5.F. El importe de la subvención que se conceda no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otras entidades públicas o privadas, supere el coste total del contrato realizado. No será compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, otorgadas desde cualquier área de esta entidad.

6. ABONO DE LA SUBVENCIÓN

El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado a la finalización del periodo de contratación formalizado, siempre que así se haga constar expresamente por el beneficiario en el documento de aceptación de la subvención concedida.

7. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN Y FORMA DE ACREDITARLOS

7.A. Podrán solicitar subvención todo tipo de entidades, públicas o privadas, individuales o colectivas, legalmente constituidas, que tengan su domicilio social en Córdoba y provincia, así como aquellas que tengan una sucursal, delegación o centro de trabajo en Córdoba o provincia para el desempeño de su actividad profesional, y que no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones recogidas en el art. 13 LGS y art. 4 de la Ordenanza General. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos que no se encuentren al corriente en la justificación de subvenciones concedidas con anterioridad por la Diputación Provincial de Córdoba.

7.B. Que hayan formalizado desde el 17 de octubre del año 2009, hasta la fecha de finalización de la presente Convocatoria contrato laboral, para un período mínimo de 6 meses a tiempo completo, con la/s mujer/es que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en la Base 3.A. de esta convocatoria.

7.C. La acreditación por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria podrá realizarse mediante declaración responsable suscrita por el/la interesado/a o su representante legal. (anexo IV).

8. SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

8.A. Las solicitudes se ajustarán al modelo del Anexo I y estarán a disposición de las personas interesadas en la Oficina de Información de la Diputación de Córdoba (Plaza Colón s/n), en el Servicio de Administración del Área de Bienestar Social y en la Delegación de Igualdad de la Diputación de Córdoba, sitas ambas en C/ Buen Pastor nº 20. También se podrán obtener a través de la página web de Diputación,

http://www.dipucordoba.es/la_diputacion/areas_y_delegaciones/area_de_igualdad_y_desarrollo_social/delegacion_de_igualdad/departamento_de_igualdad o solicitándolas en la dirección de e-mail: igualdad@dipucordoba.es 

8.B. El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y concluirá el 31 de julio de 2010.

8.C. Lugar de presentación: se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba (Plaza de Colón s/n, 14001), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 13,30 horas, y los sábados de 10,00 a 13,30 h. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (a partir de aquí LRJAP y PAC). Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

8.D. En el caso de que la misma empresa o entidad solicite subvención para más de un contrato, se presentará una solicitud (Anexos I, II, III) por cada uno de ellos.

8.E. Así

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