Boletín nº 124 (02-07-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de La Rambla

Nº. 6.586/2010

Doña María del Carmen Márquez Martínez,  Alcaldesa Accidental del Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de La Rambla (Córdoba).

Resultando que debido a la ausencia del Sr. Alcalde en la localidad desde el día 5 hasta el 23 de junio del corriente año, como Primera Teniente de Alcalde, he asumido la totalidad de funciones de la Alcaldía en virtud del Decreto 989 dictado con fecha tres de junio de 2010.

Resultando que la instrucción de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico se encuentra delegada en esta Primera Teniente de Alcalde, y que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 134.2 de la Ley 30/1992, de Régimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el órgano al que se confía la instrucción de un procedimiento sancionador debe ser distinto al que dicte la resolución.

Atendiendo a que el artículo 47.2 del Real Decreto 2568/86, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales exige para la sustitución de la Alcaldía en casos de ausencia, enfermedad o impedimento, expresa delegación al efecto, con los requisitos establecidos en los artículos 44.1 y 2 del referido texto normativo, he resuelto:

1º.- Delegar durante la ausencia del Alcalde hasta el día 23 de junio de 2010, la Resolución de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico en la Segunda Teniente de Alcalde doña Concepción Soret Salado.

2º.- Que se proceda a la publicación de este Decreto en el BOP y Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

La Rambla, a 9 de junio de 2010.- La Alcaldesa Accidental, María del Carmen Márquez Martínez.

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