Boletín nº 128 (08-07-2010)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Priego de Córdoba

Nº. 11.486/2009

El Vicepresidente de la Gerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba. Hace saber:

Que ha sido aprobada definitivamente la innovación-modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de las Normas Subsidiarias y del Plan Especial de Protección y Reforma Interior y Catálogo del Centro Histórico de Priego de Córdoba en el ámbito de la calle Molino San Rafael número 3 a instancia de Construcciones Alclá Cañete, por Pleno de la Corporación Municipal en sesión de fecha 28 de mayo de 2009, tramitado en el expediente 1/2008/ipg,

La Modificación del Plan Especial de Reforma Interior y Catálogo del Centro Histórico de Priego de Córdoba, en aplicación del artículo 40 de la LOUA y a efectos de garantizar su publicidad, han sido inscritas en el Registro Administrativo Municipal de Instrumentos de Planeamiento con los números 28 y 29, respectivamente, con fecha 1 de octubre de 2009, e inscritas y depositadas en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con los números 3758 y 3761, respectivamente, con fecha 18 de septiembre de 2009.

De conformidad con lo establecido en los artículos 40.3 y 41 de la Ley 7/02 de Ordenación Urbanística de Andalucía y con lo acordado en el Pleno Municipal que aprobó la innovación, se remite el presente para su publicación al Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento.

Priego de Córdoba, 16 de octubre de 2009.- El Vicepresidente de la Gerencia de Urbanismo, Francisco Javier Tarrías Ruiz.

0 INTRODUCCIÓN

0.1. Iniciativa

Se redacta la presente Innovación de Planeamiento, a la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipales de Priego de Córdoba, en la provincia de Córdoba, por la sociedad Construcciones Alcalá Cañete S.L., con domicilio social en c/ Verónica nº 11 de Priego de Córdoba, con C.I.F. B144 071 26, constando su representante legal D. Clemente Alcalá Cañete, con D.N.I. 39 171 944 T, con domicilio social idéntico al de la sociedad.

Esta iniciativa tiene por objetivo describir, analizar y justificar cada uno de los planteamientos que la Innovación de Planeamiento objeto del presente documento trata de plasmar.

0.2. Redacción

El presente documento de innovación de planeamiento a la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento municipales de Priego De Córdoba, ha sido redactado por D. Antonio Alba Carrillo, arquitecto colegiado número 2.780 del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba.

El objeto de la redacción del presente texto unitario no es otro que la subsanación al error de planimetría, detectado por el encargante en cuanto a la parcela objeto del presente documento.

El presente documento debe ser objeto de Aprobación Inicial por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, elevando después el documento a la Consejería de Obras Públicas y Transportes para la emisión de informe previo para la Aprobación Definitiva, según describe el Art. 31 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

0.3. Situacion, Ámbito y Finalidad de la Modificación

La parcela objeto de la presente Innovación comprende una extensión de 210 m 2 según superficie catastral y 306,08 m 2 según medición topográfica realizada recientemente por técnicos competente en ello. La parcela se sitúa al este del núcleo urbano de Priego de Córdoba, en la calle Molino San Rafael, en el número 3.

Su situación geográfica es la siguiente:

Latitud 37º 26´05´´N

Longitud 4º 11´ 21´´O

Altitud Media 604 m

La parcela está clasificada por la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento mu8nicipales de Priego de Córdoba vigentes como Suelo Urbano y no están afectadas por ningún régimen especial de protección.

Igualmente, dentro del Plan Especial de Protección, Reforma Interior y Catálogo del Centro Histórico de Priego de Córdoba se clasifica como entorno del Centro Histórico.

El objetivo de la presente Innovación es describir y analizar la calificación que, de la parcela en cuestión, aparece en la citada Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipales de Priego de Córdoba, y justificar el cambio que propone la presente Innovación en cuanto a la calificación que le otorga la Revisión a la parcela objeto del presente documento.

0.4. Documentos de la innovación de planeamiento

La presente Innovación está integrada por los siguientes documentos:

DOCUMENTO A MEMORIA

DOCUMENTO B PLANOS

Priego de Córdoba, Diciembre de 2007.- Arquitecto Antonio Alba Carrillo.

DOCUMENTO A - MEMORIA

1. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA

1.1 antecedentes. Situación de partida en el municipio

El Municipio de Priego de Córdoba tiene vigentes en cuanto a planeamiento la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento municipal aprobadas definitivamente por la Comisión Provincial y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba en fecha de 7 de Junio de 2.000.

Se trata de un municipio con una población de aproximadamente 24.000 habitantes y una densidad de población de 28,9 habitantes/km 2 . Es un territorio agrícola donde la industria de la confección destaca entre las actividades y recursos propios del municipio. La principal fuente de economía la constituye la riqueza agrícola y el sector de la confección.

En los alrededores del municipio, existen numerosos enlaces hacia senderos y vías pecuarias, que recorren parajes típicamente mediterráneos, situados en pleno Parque Natural de las Sierras Subbéticas de Córdoba. Estas características hacen que en los últimos años esta comarca sea objeto de una afluencia de turismo rural, que ha ido creciendo paulatinamente.

El Centro Histórico de Priego de Córdoba, debido a su gran valor y riqueza cultural ha sido considerado como necesario de protección, para lo cual la Junta de Andalucía, con sus Consejerías de Obras Públicas y Transportes y de Cultura y Medio Ambiente, junto con las Direcciones Generales del Territorio y Urbanismo y la de Bienes Culturales, unidas a la Administración Local, Ayuntamiento de Priego de Córdoba, creyeron necesario la redacción del Plan Especial de Protección, Reforma Interior y Catálogo del Centro Histórico de Priego de Córdoba, que fue aprobado definitivamente en el año 2.001.

Este es el ámbito donde quiere intervenir el presente documento, en el Centro Histórico, en puntos posteriores se justificará el cumplimiento de cada una y todas las normativas que le puedan afectar a los terrenos objetos del presente documento.

En definitiva se pretende la redefinición de un área residencial mediante la aprobación del correspondiente desarrollo urbanístico consistente en la Innovación de Planeamiento Pormenorizada en parcela de Suelo Urbano de la Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Priego de Córdoba, la aprobación de la misma y el consiguiente Proyecto de Edificación.

1.2. Justificación de la conveniencia y oportunidad de la formulación de la presente innovación a la revisión de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Priego de Córdoba

1.2.1 Conveniencia

La justificación de la innovación no requiere de grandes argumentaciones en lo que ha dimensionado y localización se refiere. Ya que está perfectamente delimitada la parcela sobre la que se quiere actuar, entendiéndose en todo momento que es totalmente posible, a la vez que lógica, la solución que se aporta en el presente documento.

Se puede entender, observando la planimetría de la normativa vigente, que este suelo no tenga un uso específico, ya que no viene delimitada la parcela como tal, sino con líneas que no delimitan nada en especial y con ausencia de colorido según leyenda de usos. De lo anterior pudiera extraerse que se trataría de un vial público.

A partir de este momento, se justificará el porqué no es lógico ni tiene sentido la consideración de esta parcela como vial público. Igualmente se justificarán con razones precisas los motivos que impulsan a la redacción del presente documento.

Aparte, el objetivo final de la presente Innovación de Planeamiento, es la consolidación de una parcela donde anteriormente nunca había existido edificación alguna, lo cual es parte del proceso lógico de crecimiento y consolidación de los bordes urbanos. Este hecho adquiere más sentido y valor en la zona donde se sitúa la parcela en cuestión, justo en el perímetro del Entorno Natural de Interés Paisajístico y Agrícola del Centro Histórico, en calle Molino San Rafael, lindando con Suelo No Urbanizable de Especial Protección, perteneciente al Entorno Natural anteriormente mencionado.

Igualmente, analizando la parcela, su entorno urbano, su morfología y dimensiones, y las condiciones en las que a ella se refiere en la Normativa que le pudiera recaer

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