Boletín nº 128 (08-07-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Torrecampo

Nº. 6.709/2010

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Torrecampo sobre la modificación de la Ordenanzas reguladora del Precio Público por el Servicio de Caseta Municipal. Como resultado de dicha aprobación, las ordenanza queda en la parte afectada como sigue:

Artículo 1º.- Concepto

De conformidad con lo previsto en el artículo 117, en relación con el artículo 41.8), ambos de la Ley 39/1.998, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por el servicio de Caseta Municipal y, más concretamente, por la utilización:

a) Del propio local.

b) De las mesas y sillas que en él se encuentran.

c) De la pista polideportiva anexa a la Caseta Municipal.

Artículo 3º.- Cuantía

1.- La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será la fijada en las Tarifas contenidas en el apartado siguiente.

2.- Las tarifas del precio público serán:

a) Por cada 24 horas o fracción de uso del local: 314,80 euros.

b) Por cada 24 horas o fracción de uso del local con utilización de equipo de sonido por orquesta o similar: 450,00 euros.

c) Por cada 24 horas o fracción de uso de cada mesa: 0,26 euros

d) Por cada 24 horas o fracción de uso de cada silla: 0,20 euros.

e) Si en cualquier momento se utiliza, además, la pista polideportiva anexa a la Caseta Municipal, se abonará la cantidad supletoria de 300,00 euros

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia .

Torrecampo, 17 de junio de 2010.- El Alcalde, Andrés Sebastián Pastor Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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