Boletín nº 129 (09-07-2010)

VII. Otras Entidades

Gerencia Municipal de Urbanismo
Servicio de Planeamiento
Córdoba

Nº. 2.295/2010

Rfª.: Planeamiento/AJAM - 4.1.5 12/2008

El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización interna del Sector P.U. (I)-6 La Rinconada, promovido por el Parque Empresarial de Córdoba Viasur (La Rinconada).

SEGUNDO.- Advertir al promotor que en todo caso las obras se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:

1. Las obras internas del sector se ejecutarán con estricta sujeción al Proyecto de Urbanización aprobado definitivamente y a los Pliegos de Condiciones y Presupuestos incluidos en este, bajo la supervisión de esta Gerencia Municipal de Urbanismo.

2. Se encomendará la dirección de las obras a un técnico superior particular, quien nombrará bajo su responsabilidad al personal técnico de grado medio y de vigilancia de obras, a fin de poder ejercer la debida inspección de las mismas.

3. Se comunicará a esta Gerencia con setenta y dos horas de antelación la fecha de comienzo de las obras, el Contratista que las ejecutará y en su caso, los técnicos directores de las mismas, a fin de poder ejercer la debida inspección, efectuándose conjuntamente con la Unidad Técnica del Servicio de Planeamiento y Gestión el replanteo de las obras y suscripción de la correspondiente Acta de Replanteo e Inicio de Obra.

4. Se tendrá en cuenta las prescripciones efectuadas en informe de fecha 3 de julio de 2009 de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. Así mismo, antes de la concesión de las licencias de edificación se llevarán a cabo los estudios correspondientes de determinación de niveles sonoros previsibles.

5. Cualquier obra que se acometa en las zonas de dominio público y de protección requerirá autorización previa del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) según informe de fecha 24 de julio de 2009.

6. Según la Agencia Andaluza del Agua, el condicionamiento impuesto a su informe favorable es referente a la ejecución de la EDAR de la Golondrina y del Acta de Reconocimiento Final de la misma.

7. Durante el transcurso de las obras deberá aportarse un Proyecto de Control Arqueológico de Movimiento de Tierras, redactado por técnico competente y tramitado ante la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

8. Se tendrán en cuenta durante el transcurso de las obras las condiciones y recomendaciones impuestas en los informes que han sido emitidos por los diferentes organismos, compañías y departamentos municipales, en el sentido del Informe del Servicio de Planeamiento de fecha 10 de febrero de 2010 del que se dará traslado con la presente Resolución.

TERCERO.- Advertir que en el plazo de los tres meses siguientes a la notificación del presente acuerdo, deberá constituir un depósito del 2% del presupuesto de Ejecución Material, calculado con arreglo al coste de las obras, en concepto de control de calidad, para la realización de los ensayos correspondientes. Así mismo, deberá completar la tasa abonada por el concepto de Actuaciones Urbanísticas, dado que la ya abonada tuvo como base 38.738.738,96 €, en lugar de 40.999.455,24 €, importe que figura en el Proyecto de Urbanización de las obras interiores al sector PU (I)-6.

CUARTO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia para su entrada en vigor.

QUINTO.- Advertir al promotor que de querer simultanear las obras de urbanización y edificación deberá obtener autorización previa para ello, debiendo prestar garantía por importe del 100% del presupuesto total de la Urbanización (incluidos honorarios profesionales, beneficio industrial, gastos generales e IVA), asumiendo los compromisos establecidos en el artículo 41 del Reglamento de Gestión y 55 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

SEXTO. - Notificar la presente Resolución al Promotor.

Córdoba, 23 de febrero de 2010.- El Gerente, Francisco Paniagua Merchán.

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