Boletín nº 129 (09-07-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río
Negociado de Urbanismo

Nº. 6.840/2010

En cumplimiento de lo dispuesto por Decreto de Alcaldía 1559/2010, se procede a la siguiente convocatoria:

1.- Entidad que convoca:

a) Organismo: Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río (Córdoba).

b) Dependencia que tramita el expediente: Asesoría Jurídica de Urbanismo.

2.- Objeto.-

Es objeto de adquisición las Viviendas que reúnan las siguientes características:

- Ubicación: Que estén incluidas en el Plano 10 del Texto Refundido del PGOU, aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2010, Núcleo Principal. Edificaciones Objeto de Reforma, Rehabilitación o Mejora y Áreas Degradadas se ubiquen en Suelo Urbano, Uso Residencial, Zona de Edificación Abierta Intensiva (AI) de la ciudad de Palma del Río, definidas en el Plano 4.1 de Calificación, Sistemas y Alineaciones del Plan General de Ordenación Urbanística de Palma del Río.

- Número Máximo de Viviendas a adquirir: 2 Viviendas.

- Superficie Útil máxima de cada una de las Viviendas: 42 metros y 50 decímetros cuadrados.

- Cargas y gravámenes: El otorgamiento de la correspondiente escritura pública de adquisición de las viviendas será libres de cargas y gravámenes, y arrendamientos.

El objeto del contrato quedará determinado una vez que el órgano de contratación formule la propuesta de adjudicación provisional, conforme a la oferta económica más ventajosa, presentada por el licitador, que habrá de especificar el número de viviendas, que no podrá exceder de 2.

3.- Procedimiento de adjudicación.-

El procedimiento de adjudicación, que será por procedimiento abierto y tramitación ordinaria, con varios criterios de adjudicación para la valoración de las ofertas, a tenor de lo establecido en los artículos 93, 134 y 141 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como de conformidad con lo establecido en el art. 10 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

4.- Criterios de adjudicación del contrato y de valoración de las ofertas.

Los criterios objetivos para la adjudicación del contrato y valoración de las ofertas, que servirán de base para determinar la oferta económicamente más ventajosa y por consiguiente para la adjudicación del contrato son los siguientes:

1.- Oferta Económica: 4 puntos.

2.- Antigüedad del Inmueble: 2 puntos.

3.- Que no hayan sido objeto de rehabilitación: 2 puntos.

4.- Numero de Viviendas: 2 puntos.

La ponderación de cada uno de los criterios mencionados, así como las reglas específicas para su valoración, se efectuará de acuerdo con las siguientes determinaciones:

1.- Oferta Económica: La oferta económica está referida al precio por metro cuadrado de superficie útil de la vivienda (€/m 2 de su superficie útil), quedando excluidas las empresas que oferten por encima, del precio máximo establecido en la Cláusula Tercera del presente Pliego, y se valorará de acuerdo con la siguiente Tabla:

4 puntos: A la oferta económica más baja.

3 puntos: Baja de hasta 10%.

2 puntos: Baja de hasta 8%.

1 punto: Bajha de hasta 6%.

2.- Antigüedad del Inmueble: 2 puntos.

- Antigüedad de más de 40 años: 2 puntos.

- Antigüedad entre 39 y 20 años: 1 punto.

3.- Que no hayan sido objeto de rehabilitación: 2 puntos.

4.- Numero de Viviendas: 2 viviendas: 2 puntos.

5 .- Tipo de licitación y valor estimado del contrato.

El importe máximo para cada vivienda que se oferte, impuestos correspondientes no incluidos, no excederá para cada metro cuadrado útil de TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS CON TREINTA CENTIMOS DE EUROS (335,30 €/m 2 útil).

El precio ofertado no será objeto de actualización.

El valor estimado del contrato asciende a la cantidad de VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS EUROS CON CINCUENTA CENTIMOS DE EUROS (28.500,50 EUROS), para el supuesto de que se oferten y adquieran las DOS viviendas máximas. En dicha cantidad está excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido; cantidad que se fija como precio del contrato y tipo de licitación, pudiendo ser mejorado a la baja.

El gasto máximo que a la Administración puede suponerle la contratación de dicho producto será de la citada cantidad.

En ningún caso se podrá superar el tipo de licitación por lo que no se admitirán las ofertas al alza.

En el precio que resulte del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, los costes de la organización técnico-empresarial, gastos generales, financieros e impuestos, beneficio industrial de la actividad, así como todos los gastos que se originen para el contratista como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares.

6.- Garantías provisional y definitiva:

- Garantía Provisional.

Las proposiciones irán acompañadas de carta de pago en la Tesorería del Ayuntamiento, acreditativa de haber constituido garantía provisional de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO EUROS (de 855 €), equivalente al 3 % del precio de licitación, conforme a lo establecido en el art. 91 del LCSP.

Dicha garantía responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación provisional del contrato, y para el licitador que resulte adjudicatario provisional, también responderá del cumplimiento de las obligaciones impuestas en el segundo párrafo del artículo 135.4 de la LCSP y que en el presente pliego están recogidas en la cláusula 20ª.

Podrá prestarse en cualquier de las formas previstas en el artículo 84 la LCSP, y se depositarán conforme establece el apartado 3 del artículo 91 de dicha Ley.

La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.

- Garantía Definitiva.

El adjudicatario provisional deberá constituir, en el plazo señalado en el artículo 135.4 de la LCSP, una garantía definitiva de conformidad con lo establecido en el art. 83 de MIL CUATROSCIENTOS VEINTICINCO EUROS (1.425 €) equivalente al 5% del importe de licitación.

Dicha garantía podrá prestarse en cualquier de las formas previstas en el artículo 84 de la LCSP y de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del artículo 91 de dicha Ley, el adjudicatario podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará automáticamente a la constitución de la definitiva.

De no cumplirse este requisito por causas imputables al adjudicatario, la Administración declarará decaída la adjudicación provisional a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 135.5 de la LCSP.

Las responsabilidades a que está afecta la garantía definitiva son las determinadas en el artículo 88 de la LCSP.

En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía definitiva las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.

7 .- Plazo de presentación de proposiciones.

Las proposiciones o solicitudes de participación en la oferta pública de compra, junto con la documentación preceptiva se presentarán en el Registro General del Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río, en días hábiles, de lunes a viernes, y de 9,00 a 14,00 horas, y en el plazo de 26 días naturales, a contar desde el siguiente al en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba. Si el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Podrán ser también enviadas por correo dentro del mismo plazo de admisión, en cuyo caso el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama o fax al nº 957- 64 47 39, en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado para la presentación de proposiciones. Tra

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