Boletín nº 131 (13-07-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 2
Jaén
Nº. 6.930/2010
Don José Ramón Rubia Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 2 de Jaén, hace saber:
Que en los presentes Autos 183/10, se ha dictado Sentencia cuyo fallo dice literalmente:
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Inmaculada Lechuga Pérez contra la empresa Dumadoja 2007, S.L., condeno a la demandada al pago de 937,20 euros a la actora, en concepto de principal, más el interés consignado en el Fundamento de Derecho tercero de esta Sentencia.
El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por el presente pronunciamiento de condena en el alcance previsto en la legislación vigente.
Incorpórese la presente Sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los Autos, y hágase saber a las partes que contra ella no cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, por razón de su cuantía (art. 189.1 de la L.P.L.).
Así por ésta mi Sentencia, escrita y dictada en la ciudad de Jaén en la fecha indicada en el encabezamiento, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.
Y para que sirva de notificación de Sentencia a Dumadoja 2007, S.L.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Jaén, a 22 de junio de 2010.- El Secretario Judicial, José Ramón Rubia Martínez.