Boletín nº 132 (14-07-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 6.982/2010

D/Dª Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 2 de Córdoba. Hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número  140/2010 a instancia de la parte actora D/Dª. Shimi Abdelkader contra C.Q.C. Transportes Cristóbal Quevedo Cabello sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 9/Marzo/2010 del tenor literal siguiente:

Procédase,  sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 15.656  euros en concepto de principal, más la de 3000 euros calculadas para y gastos, debiéndose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante, encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombre depositario. , a cuyo efecto líbrese exhorto al Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción de Lucena (Córdoba), sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma al Agente Judicial de dicho Juzgado, para que, asistido de Secretario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto las diligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de la fuerza pública, si fuese necesario.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado requiérase al ejecutante para que en el plazo de diez días señale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecutada que puedan ser objeto de embargo sin perjuicio de lo cual líbrense oficios al Servicio de Indices en Madrid y  recábese información sobre bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada

Y para que sirva de notificación al demandado C.Q.C. Transportes Cristóbal Quevedo Cabello actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 24 de junio de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, Victoria A. Alférez de la Rosa.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad