Boletín nº 135 (19-07-2010)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Montilla
Nº. 6.985/2010
El Pleno de la Excma. Corporación, en sesión celebrada el día 02 de junio de 2010, acordó:
1º.- Desestimar la alegación presentada por Promoción de Actividades Oleico-Vinícolas, S.L. y aprobar el proyecto de actuación presentado por Dña. Amalia Ortiz-Ruiz Pérez-Barquero, para la Instalación de la Casa Rural Cortijo El Pinar, en el paraje Puentes Altas, polígono 22, parcela 44.
2º.- Publicar dicho acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación, o acudir directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la recepción de la presente notificación. En caso de interponer Recurso Potestativo de Reposición, no podrá acudir al Contencioso Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o denegado por silencio administrativo por el transcurso de un mes sin notificación desde la citada interposición, a partir de entonces podrá acudir a la vía Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses, si la resolución es expresa, o de seis meses si la resolución es presunta, contados a partir del día siguiente de la notificación o de la desestimación por silencio administrativo del Recurso Potestativo de Reposición, todo ello, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del R.J.A.P.y P.A.C., en la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, en la nueva redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Montilla a 23 de junio de 2010 .- La Alcaldesa Presidenta, Rosa Lucía Polonio Contreras.