Boletín nº 138 (22-07-2010)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 7.282/2010
Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en Este Juzgado bajo el número 459/2010 a instancia de la parte actora D. Pedro Ángel Torralba Soriano contra FOGASA y Loinvida S.L. sobre social ordinario se ha dictado resolución de fecha del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por D. Pedro Ángel Torralba Soriano, contra la entidad Loinvida, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 747,23 euros; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones deducidas en su contra.
Así por esta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Loinvida S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 1 de julio de 2010.- La Secretario Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.