Boletín nº 141 (27-07-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 7.396/2010
La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se siguen los Autos núm. 593/2009, sobre Social Ordinario, a instancia de Amparo Plazuelo Fernández contra Jesús Carmona Coleto Restaurante La Piedra en los que con fecha 31/03/10 se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO:
Que estimando parcialmente la demanda formulada por Dña. Amparo Plazuelo Fernández contra D. Jesús Carmona Coleto, debo condenar y condeno a este último a que pague a la primera la suma total de 855,02 € (ochocientos cincuenta y cinco euros, con dos céntimos), que le debe en concepto de complemento de IT de convenio, incrementada en los intereses por mora procesal del 576 LEC, desestimando, igualmente, la pretensión de imponer condena en costas.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, advirtiéndoseles que es firme (art. 189.1 LPL).
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Jesús Carmona Coleto Restaurante La Piedra, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, 6 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, firma ilegible.