Boletín nº 141 (27-07-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 7.400/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 95/2010, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de Ala Anufryieva contra Jesús Jiménez Lara, en la que con fecha 25/3/10 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente:
DECRETO
de la Secretaria del Juzgado de lo Social numero cuatro de Córdoba, Doña Miriam palacios Criado.
En Córdoba, a cinco de julio de dos mil diez
HECHOS
Único. Que con fecha 7 del presente mes se acordó la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones al no haberse dado cumplimiento a la misma por la empresa condenada Don Jesús Jiménez Lara acordándose el embargo de sus bienes en cantidad suficiente a cubrir con sus valores el importe reclamado de 5.438,40 € mas 500 euros que se calcularon para costas. Por parte de la Oficina de Averiguación Patrimonial del Decanato de los Juzgado, se aporta nota de bienes de la referida empresa.
RAZONAMIENTOS JURIDICOS
Único. Aportada nota de riqueza de la empresa condenada consistente en "Urbana Piso Quinto del bloque denominado "Edificio Regina", inscrita en el Registro de la Propiedad numero 1 de Córdoba al tomo 2246, libro 11321, folio 92, procede acordar el embargo de los mismos para responder al pago de la cantidad reclamada y objeto de condena, de conformidad con lo previsto en el Art. 252 de la L.P.L. y concordantes de la L.E:C.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo. El embargo de la finca descrita en el Razonamiento único de esta resolución propiedad de la ejecutada, para responder al pago de un principal de 5.438,40 euros mas 500 euros que se calculan para costas. Diríjase Mandamiento al Registro de la Propiedad interesando la anotación del embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Resolución.
Lo acuerdo y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Don Jesús Jiménez Lara y Doña Monserrat Criado Guerrero, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 5 de julio de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.