Boletín nº 145 (02-08-2010)

V. Administración Local

Diputación de Córdoba
Servicio de Recursos Humanos

Nº. 7.825/2010

Con esta fecha se ha dictado la siguiente resolución:  

El 7 de junio pasado finalizó el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria de concurso oposición promoción interna para cubrir 1 plaza de Auxiliar de Archivo, al servicio de esta Corporación de la plantilla de personal laboral y correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2008.  

Durante el citado plazo únicamente ha tenido entrada en el Registro de esta Corporación la solicitud presentada para el citado proceso selectivo por D. José Antonio Muñoz Armada, con la categoría de Oficial 3ª Albañil.  

Examinada la misma y efectuadas las correspondientes comprobaciones al tratarse de una promoción interna, en uso de las atribuciones que tengo conferidas, vengo en resolver lo siguiente:  

1º.- Excluir al Sr. Muñoz Armada del correspondiente proceso selectivo, al no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, de conformidad con sus bases, en concreto, la (base 2.1 c), Anexo VI, apartado c) de las mismas).  

2º.- Por lo anterior, Declarar desierta la plaza de Auxiliar de Archivo, de la plantilla de personal laboral para cubrirla mediante el sistema de concurso oposición promoción interna y correspondiente a la Oferta de Empleo Público antes citada. 

3º.- Publicar, asimismo y de conformidad con las bases de la convocatoria la presente resolución en el BOP, otorgándole al interesado los medios que en su defensa el derecho le confiere.  

Lo que se publica para general conocimiento, indicándole que contra la anterior resolución (o acuerdo, si se trata de órganos colegiados), que, según lo dispuesto en el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los siguientes recursos:  

a) Recurso de reposición, con carácter potestativo, ante el Iltmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial (o ante el Pleno, si se trata de una resolución de éste), en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como dispone el art. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.  

b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el art. 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el art. 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.  

En el supuesto de que interponga recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los arts. 43.2, 116.2 y 117.1 de la Ley 30/1992, arriba citada.  

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el art. 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.  

c) Cualquier otro recurso que Vd. estime conveniente en defensa de sus intereses

Córdoba, 19 de julio de 2010.- El Presidente.-P.D. La Vicepresidenta 2ª y Diputada Delegada de Hacienda y RR.HH. Mª. Ángeles Llamas Mata.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad