Boletín nº 153 (12-08-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba

Nº. 8.175/2010

Doña Miryam Palacios Criado, Secretaria Judicial, Sustituta del Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1406/2009 a instancia de la parte actora D. Maximiliano Pablo Michlig contra Servicios Profesionales en Internet, S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 10/06/2010 del tenor literal siguiente:

FALLO

Estimo la demanda rectora de este proceso, declarando el derecho que asiste a D. Maximiliano Pablo Michlig a percibir las cantidades y por los conceptos reseñados en esta resolución, condenando a la empresa Servicios Profesionales en Internet a abonar al trabajador la cantidad de 1.537'62 euros, incrementados con el recargo por mora en los términos especificados en el fundamento de derecho segundo de esta sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoles que es firme y haciéndoles saber que contra la misma NO cabe interponer Recurso de Suplicación, al no alcanzar la cuantía litigiosa los 1.803 euros.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La sentencia que precede ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado de lo Social que la suscribe estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Servicios Profesionales en Internet, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, sustituta, Miryam Palacios Criado.

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