Boletín nº 154 (13-08-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 8.027/2010
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Numero 4 de Córdoba, hace saber:
Que en este Juzgado, se sigue autos 610/2010, sobre Social Ordinario, a instancia de Enrique Soldevilla Barranco contra FOGASA y Novoplast Distribuciones y Montajes S.L., en la que con fecha 06/07/2010 se ha dictado sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:
Que estimando la demandada formulada por D. Enrique Soldevilla Barranco contra la Novoplast Distribuciones y Montajes, S.L., debo declarar y declaro que el despido efectuado el 09/04/10, con efectos del mismo día, es improcedente. No obstante, dadas las circunstancias, declaro extinguida la relación laboral que les unía con efectos del día de la fecha y condeno a la empresa a que pague al trabajador la indemnización de 8.570,25 € (ocho mil quinientos setenta euros, con veinticinco céntimos) y los salarios de trámite por importe de otros 5.156,80 € (cinco mil ciento cincuenta y séis euros con ochenta céntimos), cantidades de las que responderá el FOGASA dentro de los límites legalmente establecidos.
Y para que sirva de notificación en forma a Novoplast Distribuciones y Montajes S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba, a 21 de julio de 2010.- El/La Secretario/a Judicial, firma ilegible.