Boletín nº 158 (20-08-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 8.259/2010
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2010, adoptó el Acuerdo nº 172/10 de aprobación inicial de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito financiado con baja en otra partida por importe de 900.000,00 € y el Acuerdo nº 173/10 de aprobación inicial de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito financiado con baja en otra partida por importe de 30.000,00 € .
De acuerdo con lo previsto en el artículo 177.6 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en aplicación del Art. 169 de la misma Ley, quedan expuestas al público las modificaciones presupuestarias del Presupuesto del año 2010 referenciadas anteriormente, así como los documentos complementarios de éstas en el Órgano de Planificación Económico Presupuestaria, sito en la segunda planta del edificio del Ayuntamiento, ubicado en la c/ Capitulares, n.º 1 de esta capital, durante un plazo de quince días hábiles contados desde el día siguiente al que aparezca publicado el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con objeto de que en dicho plazo puedan interponerse las reclamaciones oportunas.
En caso de no haber reclamaciones, las citadas modificaciones se considerarán definitivamente aprobadas. En el caso de presentarse alegaciones el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente en dicho plazo.
Córdoba, a 29 de julio de 2010.- El Delegado de Hacienda y Deportes, Alfonso Igualada Pedraza.