Boletín nº 158 (20-08-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 8.372/2010

D. José Luis Bergillos López, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), en el día de hoy ha dictado el siguiente DECRETO:

Por sendas resoluciones de 25 de mayo de 2008 y 25 de marzo de 2009, esta Alcaldía confirió delegación de sus atribuciones en las materias de Educación, en favor del Concejal D. Manuel Lara Cantizani, y Presidencia, en favor del Concejal D. Emilio Montes Mendoza, respectivamente.

En el momento actual resulta aconsejable reajustar algunas de tales delegaciones, por lo que a tal fin, y de conformidad con los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por este mi Decreto VENGO EN RESOLVER:

Primero.- Revocar las expresadas delegaciones de Educación y Presidencia conferidas con anterioridad por esta Alcaldía a los Concejales D. Manuel Lara Cantizani y D. Emilio Montes Mendoza, respectivamente.

Segundo.- Ratificar el resto de las delegaciones de carácter genérico conferidas a los expresados Concejales por las resoluciones citadas, de tal manera que sus atribuciones quedan circunscritas a las siguientes áreas:

- D. Manuel Lara Cantizani, quinto teniente de Alcalde, en materias de Cultura, Juventud y Patrimonio Histórico.

- D. Emilio Montes Mendoza, cuarto teniente de Alcalde, en materias de Régimen Interior, Deportes, Tráfico y Seguridad Ciudadana, incluido el ejercicio de la Jefatura de la Policía Local.

Tercero.- Conferir delegación de carácter especial en favor del Concejal D. Juan Pérez Guerrero en materias de Presidencia y Educación; ratificando la conferida mediante Decreto de Alcaldía de 19 de junio de 2007 en materia de Hacienda.

Cuarto.- Conferir delegación especial en favor del Concejal D. Emilio Montes Mendoza en lo que se refiere a la suscripción, en prueba de conformidad, de las facturas correspondientes a las obligaciones municipales que afecten a la Aldea de Jauja y demás operaciones presupuestarias derivadas de las mismas que se recogen en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento.

Quinto.- Las delegaciones que se confieren mediante este Decreto comprenden tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y, de conformidad con el artículo 114.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para ser eficaces requerirán su aceptación por parte de cada Delegado, entendiéndose aceptada tácitamente la delegación si en el término de tres días hábiles, contados desde la notificación de esta resolución, aquéllos no hacen manifestación expresa por escrito a esta Alcaldía de que no aceptan la delegación.

Sexto.- La presente resolución surtirá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Séptimo.- Disponer que la presente resolución sea notificada a los delegados y publicada en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y tablón de edictos, y de ella se dé cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre.

Lucena, 30 de julio de 2010.- El Alcalde, José Luis Bergillos López.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad