Boletín nº 159 (23-08-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 8.359/2010
En los autos sobre seguidos a instancia de Esther Madueño Fimia contra Redes Intermediación Financiara S.L. se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario Judicial Sra. Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz.
En Córdoba, a veintiocho de julio de dos mil diez.
Examinada la demanda presentada por Esther Madueño Fimia frente a Redes Intermediación Financiera S.L. en este procedimiento, acuerdo:
Requerir a la parte actora para que en el plazo de cuatro días subsane el/los defecto/s que a continuación se indican: que aclare la acción que ejercita dado que en el encabezamiento de la demanda se reseña traslado y en el súplico se concreta despido, y en caso de que sea despido deberá acreditar la conciliación ante el CMAC., bajo apercibimiento de que de no verificarlo se dará cuenta al/a Magistrado/a Juez quien podrá acordar la inadmisión de la demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 81.3 de la LPL.
Notifíquese la presente resolución a la parte actora.
Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en forma, expido y firmo la presente cédula, de la que servirá firma el recibí en el duplicado de la misma, que al efecto se acompaña.
En Córdoba, a 28 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Melendez-Valdés.