Boletín nº 159 (23-08-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 8.361/2010

Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 740/2010 a instancia de la parte actora D. Jorge Manuel Lizana Sánchez contra FOGASA y Aceites El Palomar S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

Providencia Magistrado)

Iltmo. Sr. Vicente Rueda.) Córdoba a 29 de julio de 2010.

Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones y no apareciendo citada en legal forma la empresa demandada Aceites El Palomar S.A., al encontrarse cerrado el domicilio indicado en demanda según el servicio de Correos y el Juzgado de Paz de Almedinilla, según consta en autos; consultada la guía telefónica no constando en la misma, se solicita su número de teléfono a información no constando, y no conociendo el actor domicilio donde pueda ser citada, y, obtenida información, por este Juzgado, vía telemática unida a los mismos; procédase a su comunicación por medio de edictos , insertando un extracto suficiente en el "Boletín Oficial" correspondiente y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, y, llévese la inscripción del demandado al Registro Central de Rebeldes Civiles, cumplimentándose el formulario pertinente en la aplicación.

Se acuerda citar a la demandada Aceites El Palomar SA y al Fondo de Garantía Salarial, a los actos de conciliación y juicio señalados para el próximo día nueve de noviembre de 2010, a las 9,50 horas de su mañana, sirviendo el presente proveído de citación en forma, de acuerdo con la LPL.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30/ (núm. del expediente, con 4 dígitos)/(año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2.009 de 3 de Noviembre.

Lo manda y firma SSª. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Aceites El Palomar S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 29 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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