Boletín nº 171 (09-09-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena
Secretaría

Nº. 8.940/2010

Por decreto de la Alcaldía dictado de 30 de julio del actual, se ha dispuesto:

Primero.- Revocar las delegaciones de Educación y Presidencia conferidas en su día a los Concejales D. Manuel Lara Cantizani y D. Emilio Montes Mendoza, manteniendo el resto de las materias que tienen delegadas.

Segundo.- Ratificar el resto de las delegaciones de carácter genérico conferidas a los expresados Concejales.

Tercero.- Conferir delegación de carácter especial a favor del Concejal D. Juan Pérez Guerrero en materias de Presidencia y Educación, que vienen a unirse a la que ya tiene conferida en materia de Hacienda.

Cuarto.- Conferir delegación especial en favor del Concejal D. Emilio Montes Mendoza en lo que se refiere a la suscripción, en prueba de conformidad, de las facturas correspondientes a las obligaciones municipales que afecten a la Aldea de Jauja y demás operaciones presupuestarias derivadas de las mismas que se recogen en las Bases de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento.

Quinto.- Las delegaciones que se confieren mediante este Decreto comprenden tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y, de conformidad con el artículo 114.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, para ser eficaces requerirán su aceptación por parte de cada Delegado, entendiéndose aceptada tácitamente la delegación si en el término de tres días hábiles, contados desde la notificación de esta resolución, aquéllos no hacen manifestación expresa por escrito a esta alcaldía de que no aceptan la delegación.

Sexto.- La presente resolución surtirá efectos a partir del día 1 de septiembre de 2010, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Séptimo.- Disponer que la presente resolución sea notificada a los delegados y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Edictos, y de ella se dé cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre.

Lucena, 23 de agosto de 2010.- El Alcalde, P.D. El Primer Tte. de Alcalde, Francisco de Paula Torres Algar.

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