Boletín nº 171 (09-09-2010)

III. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Delegación Provincial
Córdoba

Nº. 9.165/2010

Resolución de la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía por la que se concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto a Instalación Eléctrica de Alta Tensión  

ANTECEDENTES:

PRIMERO: El Excmo. Ayuntamiento de El Carpio pretende modificar el trazado de la línea eléctrica correspondiente al expediente AT-493/74 que está a nombre de ADIF (R.E.N.F.E.), por lo que solicita ante esta Delegación Provincial, aportando convenio que suscribe con ADIF, la correspondiente Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la instalación eléctrica de alta tensión recogida en el Proyecto de Modificación del Trazado L.A.T. 45 Kv en Barriada de Maruanas (El Carpio de Córdoba).

SEGUNDO: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

TERCERO: En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto un primer anuncio en el BOP de Córdoba número 95 de fecha 24 de mayo de 2010, produciéndose, con fecha de registro de entrada en esta Delegación Provincial 10 de mayo de 2010, alegaciones por parte de ADIF en el sentido de que dicha sociedad no es el peticionaria ni promotora de dichas obras sino que el promotor es el Excmo. Ayuntamiento de El Carpio y que son competencia del mismo todos los tramites referentes a la previa autorización administrativa conforme al R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, manifestando también que las instalaciones a modificar son de titularidad del Ayuntamiento de El Carpio hasta que sean asumidas por ADIF.

CUARTO: Considerando las alegaciones presentada por ADIF con fecha 10 de mayo de 2010,el expediente se somete nuevamente a información pública con la incorporación del Excmo. Ayuntamiento de El Carpio como promotor de la obra de modificación de la instalación eléctrica antes indicada, insertándose a tal efecto nuevo anuncio en el BOP de Córdoba número 132 de fecha 14 de julio de 2010, produciéndose, con fechas 5 y 8 de julio 2010, nuevas alegaciones por parte de ADIF en el sentido de reiterar que ADIF no es peticionaria de las obras y que las instalaciones a modificar son de titularidad del Ayuntamiento de El Carpio hasta que sean asumidas por ADIF.

QUINTO: Con fecha 27 de agosto de 2010 ADIF presenta una nueva alegación en la que expresa que el ayuntamiento de El Carpio es el titular de la instalación hasta tanto las obras sean recepcionadas.

SEXTO: Por el Jefe del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, mediante Diligencia de fecha 31 de agosto de 2010, se determina la continuidad de la tramitación del expediente al no considerar sustanciales las alegaciones presentadas por ADIF.

SEPTIMO: En fecha 31 de agosto de 2010 ha sido emitido por el Jefe del Departamento de Energía del Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial informe pronunciándose favorablemente sobre la solicitud de autorización presentada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO  

ÚNICO: Esta Delegación Provincial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decretos del Presidente nº 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía y nº 134/2010, de 13 de abril, por la que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.  

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial, PROPONE:  

Conceder Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para la modificación de la instalación eléctrica correspondiente al expediente AT-493/74 que está a nombre de ADIF (R.E.N.F.E.), y que solicita el Excmo. Ayuntamiento de El Carpio (Córdoba) como promotor de la misma , para la construcción de las instalaciones incluidas en el Proyecto de Modificación del Trazado L.A.T. 45 Kv en Barriada de Maruanas (El Carpio de Córdoba) (Expte AT 493/74) y cuyas principales características son:

Origen: Apoyo nº 1.

Final: Apoyo nº 7.

T. Municipal: El Carpio (Córdoba).

Tipo: Aérea.

Longitud: 1.190 metros.

Tensión de servicio: 45 kV.

Conductor: LA-110

Por otra parte, la instalación deberá cumplir con las condiciones que en la normativa anteriormente citada se establecen y con las especiales siguientes:

  1. Esta autorización sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación y se otorga a reserva de las demás autorizaciones, permisos y licencias que sea necesario obtener de otros Organismos y Administraciones en el ejercicio de sus competencias, cuyos condicionantes habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.

  2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

  3. El plazo de puesta en marcha será de 12 meses contados a partir de la presente Resolución.

  4. Deberá darse cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de su reconocimiento definitivo y la extensión de acta de puesta en servicio. Se adjuntará a la solicitud de puesta en servicio certificado de dirección final de obra suscrito por técnico facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional y, en su caso, documento de cesión a empresa distribuidora.

  5. Durante la ejecución del proyecto, y en su explotación, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación.

  6. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma.

  7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

PROPUESTO:

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas.

Fdo: Manuel Ángel López Rodríguez

Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Provincial resuelve elevarla a definitiva:

De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro

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