Boletín nº 172 (10-09-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Hinojosa del Duque

Nº. 9.212/2010

De conformidad con lo establecido en los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público, resumido por capítulos, el Presupuesto General para el ejercicio 2010, aprobado por el Pleno en Sesión ordinaria celebrada el día 5 de agosto de 2010:

ESTADO DE GASTOS

Operaciones corrientes

1. Gastos de personal: 1.558.812,18 euros

2. Gastos en bienes corrientes y servicios: 1.474.034,87 euros

3. Gastos financieros: 100.059,20 euros

4. Transferencias corrientes: 505.309,35 euros

Operaciones de capital

6. Inversiones reales: 1.397.062,23 euros

7. Transferencias de capital: 135.643,47 euros

8. Activos financieros: 6.172,50 euros

9. Pasivos financieros: 308.082,19 euros

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS: 5.485.175,99 euros

ESTADO DE INGRESOS

Operaciones corrientes

1. Impuestos directos: 1.310.600,00 euros

2. Impuestos indirectos: 139.300,00 euros

3. Tasas y otros ingresos: 431.916,43 euros

4. Transferencias corrientes: 2.193.749,52 euros

5. Ingresos patrimoniales: 82.800,00 euros

6. Enajenación de inversiones reales: 61.679,28 euros

Operaciones de capital

7. Transferencias de capital: 1.029.183,14 euros

9. Pasivos financieros: 412.092,18 euros

TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS: 5.661.320,55 euros

Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 127 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, se publica la Plantilla de personal funcionario y la relación de puestos de trabajo sujetos a legislación laboral, aprobadas conjuntamente con el Presupuesto por este Ayuntamiento Pleno:

DENOMINACION, NUMERO DE PLAZAS Y GRUPO

A) Personal Funcionario

1) Funcionarios con habilitación de carácter nacional (hoy funcionarios con habilitación de carácter estatal, a tenor de la Disposición Adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público):

- Secretaría, 1, grupo A1 (vacante)

- Intervención, 1, grupo A1 (vacante)

2) Escala de Administración General

a) Subescala Administrativa:

- Administrativo Tesorero, 1, grupo C1

- Administrativos, 4, grupo C1

b) Subescala Subalterna

- Conserje-notificador, 1, grupo E (vacante)

- Ordenanza-informador, 1, grupo E

3) Escala de Administración Especial

a) Subescala de Servicios Especiales

Policía Local:

- Oficial, 1, grupo C1 (vacante)

- Policías, 10, grupo C1 (3 vacantes)

Personal de Oficios:

- Jardinero, 1, grupo E

- Portero-Guarda del Mercado, 1, grupo E (vacante)

B) Personal laboral:

1º) Fijo:

- Arquitecto Superior, a tiempo parcial, 1 (vacante)

- Asesor Jurídico, a tiempo parcial, 1 (vacante)

- Gestor Desarrollo y Nuevas Tecnologías, 1 (vacante)

- Auxiliar Administrativo, 1 (vacante)

- Sepulturero, 1 (vacante)

- Oficial de 1ª Electricista, 1

- Oficial de 2ª Electricista, 1 (vacante)

- Capataz de Obras, 1

- Vigilante de Arbitrios, 1

- Limpiadoras, 9, dos a tiempo parcial (1 vacante a jornada completa y 2 vacantes a tiempo parcial)

- Oficial del Servicio de Limpieza, 1 (vacante)

- Encargados del Polideportivo, 2 a tiempo parcial

- Oficial de Biblioteca y Archivo, 1

- Encargado del Matadero , 1 (vacante)

2º) Por tiempo determinado:

- Jardineros, 1

- Monitor de Educación Física, 1 (tiempo parcial)

- Encargado del Centro de Información Juvenil, 1

En cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, a continuación se publica el contenido de las Bases Octava y Décima de las de Ejecución del Presupuesto de esta Entidad, aprobadas junto con el Presupuesto.

Base Octava: Asignaciones a miembros de la Corporación.

De conformidad con el artículo 75 de la citada Ley de Bases, y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico, se establecen las siguientes retribuciones e indemnizaciones a los miembros de esta Entidad:

1) Relación de cargos con dedicación exclusiva

Cargo: Alcalde-Presidente.

Retribución anual de 40.965,12 euros a percibir en 14 mensualidades de 2.926,08 euros. 

2) Relación de cargos con dedicación parcial

Cargo: Concejal Delegado de Hacienda, Desarrollo Económico y Empleo y Formación.

Dedicación mínima: 8 horas semanales

Retribución anual: 5.626,80 euros a percibir en 12 mensualidades

Cargo: Concejal Delegado de Salud, Cementerio, Mercado y Participación Ciudadana.

Dedicación mínima: 8 horas semanales

Retribución anual: 5.626,80 euros a percibir en 12 mensualidades.

3) Asignación por asistencia a sesiones de órganos colegiados:

Órgano colegiado: Pleno

Cuantía asistencia: 120,00 euros por asistencia efectiva.

Organo: Comisión Informativa

Cuantía asistencia: 30,00 euros por asistencia efectiva.

Organo: Junta de Gobierno Local.

Cuantía: 110,00 por asistencia efectiva.

Estas asignaciones se abonarán con carácter bimensual, previa expedición por la

Secretaría Municipal del correspondiente certificado de asistencia.

Base Décima: Distribución de la partida 92401.48900, destinada a transferencias a los grupos políticos municipales.

El crédito de esta partida se distribuirá del siguiente modo:

1º) A cada grupo político con representación municipal, 2.000,00 euros.

2º) Por cada concejal electo integrado en dichos grupos, 500,00 euros.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, B.O.E. número 167, de 14 de julio de 1998).

Hinojosa del Duque, 2 de septiembre de 2010 .-El Alcalde, Matías González López.

Aviso jurídico

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