Boletín nº 176 (16-09-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 9.082/2010
Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.486/2009, Ejecución núm. 200/2010, a instancia de la parte actora D. José María Muñoz Calvo Manzano contra COCEPLAN S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales de R/Cantidad, se ha dictado DECRETO de 30 Julio 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Acuerdo: Procédase al embargo del crédito que el demandado COCEPLAN S.L. pudiera ostentar contra la Agencia Tributaria de la Delegación Provincial de Hacienda de Córdoba, así como los saldos existentes en las cuentas Caja de Ahorros Inmaculada Aragón, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba, Caja General de Ahorros de Granada, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Monte de Piedad y Caja de Ahorrons San Fernando, Caja de ahorros y Monte de Piedad de Madrid,, Caja Rural de Córdoba Sdad. Coop. Crédito, Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Ext., Caixa D'Estalvis i Pensions de Barcelona, Banco de Sabadell, S.A. y Caja de Ahorros del Mediterráneo, suficiente a cubrir el principal, más intereses y costas reclamados en la presente ejecución, o, en su caso, cualquier otra cantidad que resulte inferior, transfiriéndola a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, a cuyo fin líbrense los correspondientes despachos. Y conforme al art. 54.3 de la L.P.L. demórese la notificación al demandado durante el tiempo indispensable para lograr efectividad.
Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición, a presentar ante quien dictó la Resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a su juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interpretación del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así por este Decreto, lo acuerdo mando y firma Dª Marina Meléndez-Valdés Múñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe. Fdo.: Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- Rubricado".
Y para que sirva de notificación al demandado COCEPLAN S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 30 de julio de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.