Boletín nº 179 (21-09-2010)

VII. Otras Entidades

Patronato Municipal de Cultura
Palma del Río (Córdoba)

Nº. 9.463/2010

Habiendo aprobado por Decreto de la Presidencia 103/2010 de 14 de abril, la Bases de la Convocatoria del proceso selectivo para la provisión, mediante concurso-oposición, por promoción interna, de una plaza de Administrativo/a, vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Patronato Municipal de Cultura de Palma del Río (Córdoba), incluida en la oferta de empleo público de 2010, y apertura del plazo de presentación de solicitudes a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, se publican las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVEER POR CONCURSO-OPOSICION DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA

1.- NORMAS GENERALES.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, mediante el sistema de promoción interna, de una plaza administrativo (asimilada al subgrupo C1) vacante en la plantilla de personal laboral fijo. La plaza corresponde a la oferta de empleo público 2010, que fue aprobada por Decreto de la Presidencia de 25 de enero de 2010.

1.2. A las presente pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 11/1999, de 21 de abril de modificación de la Ley 7/1985; R.D.L. 781/1986 de 18 de abril; R.D. 896/1991 de 7 de junio; R.D.L. 1/1995 de 24 de marzo; R.D. 364/1995 de 10 de marzo; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; Estatutos del P.M.C. y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. El/la aspirante que, tras superar el concurso-oposición, resultare contratado para la plaza objeto de la convocatoria, ingrese en la Administración, y adquiera la condición de laboral fijo, será dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.4. El régimen de jornada y horario de trabajo será, con carácter general de jornada continua, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, siempre de conformidad con lo establecido en el Convenio Colectivo.

2.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

2.1. Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Ser personal laboral fijo del P.M.C., o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Palma del Río adscrito al P.M.C., y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como auxiliar administrativo.

b) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones del puesto de trabajo.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.2. Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

3.- SOLICITUDES.

3.1. La solicitud para tomar parte en el procedimiento selectivo, se ajustará al modelo normalizado que figura como Anexo II a las Bases de la convocatoria, y será facilitado por el P.M.C.

3.2. En el documento solicitando tomar parte en el procedimientos, debidamente cumplimentada, manifestará el/la aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base segunda, referidas a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.

Los servicios prestados en el P.M.C., se acreditarán mediante certificación expedida por el Departamento de Personal.

3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contadas a partir del siguiente a la publicación íntegra de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Podrán presentarse:

- En el Registro General del P.M.C.

- En las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

- Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechas y selladas por el/la funcionario/a de dicho organismo antes de ser certificada.

3.4. Todos los documentos acreditativos de los méritos alegados para la fase de concurso sólo serán válidos si se aportan mediante originales o fotocopias compulsadas.

3.5. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del P.M.C. dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de Edictos y página web del P.M.C, constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos dispondrán de una plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.

Una vez finalizado el plazo de subsanación, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas por la Presidencia del P.M.C, en la resolución por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que será hecha pública en el Tablón de Edictos y página web del P.M.C. En caso de que no se formulasen reclamaciones quedará definitivamente aprobada la lista provisional.

4.- INICIO DE CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS 

4.1.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético, a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra A, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 22 de febrero de 2010, de la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, por la que se hace público el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en BOJA de la presente Resolución y que se celebren durante el año.

4.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

4.3.- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

4.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios del P.M.C. o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

5.- SISTEMA SELECTIVO.

5.1. El procedimiento de selección de los/as aspirantes será el de concurso-oposición.

5.2. Fase de Concurso.

La fase concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se celebrará con anterioridad a la fase oposición, puntuándose con un máximo de 6 puntos, con arreglo al siguiente baremo:

a) Por méritos profesionales, referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes (puntuación máxima: 4 puntos):

- Por cada mes de servicios prestados en el P.M.C., en plaza de Auxiliar administrativo: 0,05 puntos.

- Por cada mes de servicios prestados en otras administraciones: 0,01 puntos.

b) Formación (puntuación máxima: 2 puntos)

- Formación extraacadémica recibida (puntuación máxima: 1,5 puntos)

Por la realización de cursos, seminarios, jornadas, etc, relacionados con las funciones propias de un Administrativo, impartido u homologado por las Administración Pública (Procedimiento Administrativo, Administración Local, Contratación, Subvenciones, Haciendas locales, Urbanismo, Informática y similares) conforme al siguiente baremo:

1.- Entre 15 y 30 horas de formación: 0,05 puntos.

2.- Entre 31 y 50 horas de formación: 0,10 puntos.

3.- Entre 51 y 70 horas de formación: 0,20 puntos.

4.- Entre 71 y 100 horas de formación: 0,30 puntos.

5.- Entre 101 y 200 horas de formación: 0,50 puntos.

6.- Más de 200 horas: 1 punto.

- Formación académica: se valorará en 0,5 puntos por titulación superior a la exigida en la presente convocatoria, valorándose únicamente la mayor de todas las presentadas.

5.3. Fase de Oposición.

a) Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test compuesto por 50 preguntas que versarán sobre el contenido del temario. Este cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro re

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