Boletín nº 185 (29-09-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 5
Córdoba

Nº. 9.439/2010

Don Diego Díaz Delgado, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba, doy fe y testimonio:

Que en el J. Faltas Rápido 29/10 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Córdoba, a 31 de mayo de 2010.

D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción número Cinco de los de esta Capital y de su Partido Judicial, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas Rápido 29/10, seguida por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por Ambrosio Valerio Rubio Merino, contra Marius Daniel Niculae.

FALLO

Que debo condenar y condeno a Marius Daniel Niculae como autor de la falta de hurto en grado de tentativa prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa a razón de 4 euros cuota día multa hace un total de 120 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un dia de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y pago de las costas procesales causadas. Hágase entrega definitiva de los artículos al establecimiento comercial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el art. 221 de la L.E.Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firma y ejecutoria.

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a Marius Daniel Niculae, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Córdoba, expido la presente

En Córdoba a 30 de agosto de 2010.- El Secretario, Diego Díaz Delgado.

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