Boletín nº 187 (01-10-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de Instrucción Número 2
Córdoba

Nº. 9.546/2010

D. Enrique de Juan López, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 2 de Córdoba, doy Fe y Testimonio:

Que en el juicio de faltas inmediato nº 1/2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Córdoba, a uno de febrero de dos mil diez. Vistos por mí, José Yarza Sanz, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número dos de los de esta capital los presentes autos de Juicio de Faltas en los que han sido parte Manuel José Moreno García y Rafael Figueroa Sánchez, ya circunstanciados en el presente procedimiento número 1/2010 por amenazas.

Que condeno a Rafael Figueroa Sánchez, como responsable en concepto de autor de una falta de amenazas leves a la pena de veinte días de multa, a razón de seis euros por cada cuota diaria, así como al pago de las costas procesales. Si no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación, por escrito y con sujeción a lo establecido en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, recurso que se sustanciará ante la Iltma. Audiencia Provincial. Publíquese. Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, dejando testimonio en los autos.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de Notificación de sentencia a Manuel José Moreno García, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Córdoba, expido la presente

En Córdoba, a 17 de agosto de 2010.- El Secretario, Enrique de Juan López.

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