Boletín nº 187 (01-10-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Baena

Nº. 9.887/2010

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de septiembre 2010, aprobó provisionalmente el expediente sobre imposición, ordenación y modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos Municipales que a continuación se detallan, que surtirán efectos a partir del uno de enero de dos mil once, una vez transcurrido el periodo de exposición publica y de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba.

A) Imposición y Ordenación de las siguientes Tasas Municipales:

1.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización o aprovechamiento especial del dominio público con cajeros automáticos o similares con acceso directo desde la vía publica

2.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Celebración bodas civiles

B) Modificación los siguientes impuestos y Tasas Municipales:

1.- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes inmuebles.

2.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local constituido en el subsuelo, suelo y vuelo de la vía publica.

3.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Visitas a los Museos Municipales.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de las Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, dicho expediente se expone al publico mediante anuncio colocado en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia y en el Diario de Córdoba, durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia el texto íntegro de las imposiciones y modificaciones aprobadas.

Baena, 24 de septiembre 2010.-El Alcalde, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad