Boletín nº 187 (01-10-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Baena
Nº. 9.887/2010
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de septiembre 2010, aprobó provisionalmente el expediente sobre imposición, ordenación y modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de los tributos Municipales que a continuación se detallan, que surtirán efectos a partir del uno de enero de dos mil once, una vez transcurrido el periodo de exposición publica y de su publicación integra en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba.
A) Imposición y Ordenación de las siguientes Tasas Municipales:
1.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización o aprovechamiento especial del dominio público con cajeros automáticos o similares con acceso directo desde la vía publica
2.- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa Celebración bodas civiles
B) Modificación los siguientes impuestos y Tasas Municipales:
1.- Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes inmuebles.
2.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local constituido en el subsuelo, suelo y vuelo de la vía publica.
3.- Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Visitas a los Museos Municipales.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de las Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, dicho expediente se expone al publico mediante anuncio colocado en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y publicado en el Boletín Oficial de esta Provincia y en el Diario de Córdoba, durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
En el caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional y se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia el texto íntegro de las imposiciones y modificaciones aprobadas.
Baena, 24 de septiembre 2010.-El Alcalde, firma ilegible.