Boletín nº 191 (07-10-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Lucena

Nº. 9.717/2010

Notificación sobre baja de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en el padrón municipal por caducidad de sus respectivas inscripciones al no haber procedido a la renovación de éstas.

El articulo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local establece que la inscripción en el Padrón Municipal deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años cuando lo sea de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente, y que el transcurso de dicho plazo será causa para acordar la caducidad de las inscripciones, siempre que el interesado no haya procedido a tal renovación.

Previo requerimiento a todas y cada una de las personas que a continuación se relacionan, para que, en su caso, procedan a la renovación de su inscripción en el Padrón Municipal, sin que lo hayan realizado, y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años (B.O.E. núm. 128, de 30 de mayo de 2005), por la Alcaldía, con fecha 20 de septiembre de 2.010, se ha dictado Resolución disponiendo lo siguiente:

1º.- Dar de baja por caducidad de la inscripción padronal en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, a cada una de las personas que en la propia Resolución se relacionan, con efectos de la fecha en que les sea notificada la presente resolución, bien personalmente o mediante su publicación en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber efectuado los interesados petición de renovación padronal.

2º.- Que, en el supuesto de que alguna de las personas aquí relacionadas, formulara petición de su renovación padronal antes de que le fuera notificada la presente Resolución, procederá dejar sin efecto el registro correspondiente, permaneciendo por tanto inscrito en el vigente Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio.

Intentada la notificación de la anterior resolución a los interesados que a continuación se relacionan, sin que se les haya podido practicar, aquélla se efectúa por medio del presente anuncio que se publicará en el tablón de edictos de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

NOMBRE

1er. APELLIDO

2º. APELLIDO

DOCUMENTO

DE IDENTIDAD

DOMICILIO DE 

NOTIFICACION

Faisal

Agherbi

 

7398529

C/ Agua (El), 17, P02, C

Jairo Antonio

Alexander

Manjarres

6705205

C/ San Francisco, 73, P02

Melva Rocío

Cardona

Gil

9455435

C/ Arévalo, 60, P01, Iz

Qi

Chen

 

04002105

C/ Baena, 1, P03, Iz

Sandra Beatriz

Delgado

Bauer

5827617

C/ Condesa Carmen Pizarro Mesoncillo), 16, P03, A

Elisabeth Regina

Dos Santos

 

CW612104

C/ Párroco Joaquín Jiménez Muriel, 30, Bj, A

Siham

Dyani

 

4456134

C/ Catalina Marín, 6, P01

Abderrahim

Es Sabbar

 

8595548

C/ General Alaminos, 1, B, 2

Tarik

Faouzi

 

7165650

C/ Agua (El), 17, P02, C

Manuel Virgilio

Garces

Espinoza

6421270

C/ Mediabarba, 68, P01, B

Hicham

Hamouch

 

T790959

C/ Nueva Carteya, 10, P03, Iz

Smail

Hannane

 

W088295

C/ San Pedro, 30

Zitouni

Jayad

 

1326920

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