Boletín nº 192 (08-10-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 10.024/2010

La Junta de Gobierno Local adoptó, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de julio de 2010, el siguiente acuerdo:

Vista la solicitud formulada por Pedro Gabriel Ruiz Cánovas en representación de Construcciones y Promociones Ipagrenses, S.L.

Que por acuerdo del Pleno de fecha de 23 de abril de 1997, se aprobó inicialmente Proyecto de Urbanización correspondiente a la U.E.-1, del Peri de la Membrilla, promovido por Construcciones y Promociones Ipagrenses, S.L.

Que ha sido sometido a información pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 8 de julio de 1997 y notificado personalmente a los propietarios y demás interesados.

Que no consta en el expediente que se hayan producido alegaciones en el periodo de exposición al público.

Que el problema que se plantea, es la necesidad de visar el último plano y el anexo a la memoria, que no se ha podido visar, al tener cerrada la oficina de visados del Colegio de Arquitectos, además no olvidemos que el citado proyecto se aprobó inicialmente en 1997. Esta exigencia de visado es consecuencia de lo establecido en la Revisión de las Normas Subsidiarias de Aguilar vigentes Artículo 3.2. Requisitos exigidos a los instrumentos técnicos.

Por otra parte, hay que tener en cuenta otras circunstancias tales como que la aprobación definitiva, va regularizar la situación de esta unidad de ejecución y que existe el riesgo cierto de que un retraso en dicha aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización, dificulte la terminación de la obra proyectada por problemas financieros. Asimismo, no se le exime de la presentación de los documentos visados, si no de la presentación posterior.

Que con fecha 22 de julio de 2010, el Arquitecto Asesor Urbanístico de este Ayuntamiento, informa: Adecuación. El proyecto de se adecua a las determinaciones del Estudio de Detalle y se considera información completa según se exige en la LOUA. La falta de visado del último plano y del anexo a la memoria se entiende subsanable, cuando el Colegio de Arquitectos pueda realizar el mismo. Se informa favorablemente la documentación completa.

Que con fecha de 22 de julio de 2010 el Secretario General Acctal., emite informe en el que concluye Visto cuanto antecede, se considera, que a excepción de la exposición pública en un diario de máxima difusión, se ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, con lo que tras la subsanación de la deficiencia de publicación de la aprobación inicial, procedería su aprobación definitiva por la Junta de Gobierno Local.

La Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por unanimidad de los miembros presentes acuerda:

Primero.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización para la ejecución material de la Unidad de Ejecución 1, Peri de la Membrilla, Área AT-1, con la finalidad de llevar a la práctica las previsiones y determinaciones del instrumento de desarrollo, en los términos en que consta en el expediente, sujeta a condición expresa resolutoria, consistente en la presentación del último plano y el anexo a la memoria, debidamente visado por el colegio de Arquitectos, en el plazo de dos meses.

Segundo.- En el supuesto de que Construcciones y Promociones Ipagrenses, S.L., no cumpla su obligación de presentar el último plano y el anexo a la memoria, debidamente visado por el Colegio de Arquitectos, en el plazo previsto en el apartado anterior, se producirá la resolución de la aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.

Tercero.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia, y notificar a los propietarios de los terrenos incluidos en su ámbito y al promotor, Construcciones y Promociones Ipagrenses, S.L.

Lo que se hace público para general conocimiento a efectos de lo prevenido en la legislación vigente.

Aguilar de la Frontera, a 24 de septiembre de 2006.- El Alcalde, Francisco Paniagua Molina.

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