Boletín nº 195 (14-10-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo Número 3
Córdoba
Nº. 6.474/2010
Dª Teresa Rossi Martín, Secretaria del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 3 de Córdoba, hago saber:
Que en este Juzgado se ha interpuesto Recurso Contencioso-Administrativo número 301/2010 promovido por Francisca Paredes Ruiz y se ha dictado Decreto, con el siguiente tenor literal:
DECRETO
En Córdoba, a 14 de junio de 2010.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero y único: Por repartido a este Juzgado de lo Contencioso-Administrativo el anterior asunto, turnado con el nº 301/10, presentado por el Procurador D. Jesús Melgar Raya, en nombre y representación de Dª Francisca Paredes Ruiz, regístrese.
Se tienen por interpuesto Recurso Contencioso-Administrativo a instancia del referido recurrente contra resolución de 21-12-2009 del Ayuntamiento de Lucena, Gerencia de Urbanismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: Dispone el apartado uno del artículo 45 de la LJCA que el Recurso Contencioso-Administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne, y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa. El apartado dos de dicho artículo enumera los documentos que deben acompañar a este escrito.
Añade el apartado tres del artículo 45 que el Secretario Judicial examinará de oficio la validez de la comparecencia tan pronto como se haya presentado el escrito de interposición. Si estima que es válida, admitirá a trámite el recurso.
Segundo: Admitido a trámite el escrito de interposición del recurso se seguirá la tramitación contemplada en los artículos 46 y siguientes de la LJCA, y conforme dispone el art. 47 de la misma ley anúnciese la interposición del recurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
- Admitir a trámite el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el Procurador D. Jesús Melgar Raya, en nombre y representación de Dª Francisca Paredes Ruiz, contra la resolución de 21-12-2009 del Ayuntamiento de Lucena, Gerencia de Urbanismo, en expediente administrativo LD-003/09 (R.G.E. 521/09)
- Tener por parte y personado al Procurador D. Jesús Melgar Raya, en nombre y representación de la parte recurrente Dª Francisca Paredes Ruiz, en virtud de la copia de escritura de poder presentada y que queda unida.
- Tramitar el presente recurso por las normas del procedimiento ordinario.
- Requerir al Ayuntamiento de Lucena, Gerencia de Urbanismo para que en el plazo de veinte días remita a este órgano judicial el expediente administrativo completo o bien copia autentificada del mismo, así como para que notifique la resolución que ordene la remisión del expediente a todos los interesados en el mismo, emplazándoles para que puedan comparecer ante este Juzgado en el plazo de nueve días con los apercibimientos del art. 48 de la LJCA. Líbrese oficio a tal fin.
- Anunciar, conforme al art. 47 de la LJCA, y según lo interesado por la parte recurrente, la interposición del recurso en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, mediante oficio que se librará por conducto del Procurador, D. Jesús Melgar Raya.
Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente a su notificación.
Por lo que en cumplimiento del Decreto de 14-6-2010 y de lo establecido en el artículo 47.2 de la LJCA, se concede un plazo de quince días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la disposición, acto o conducta impugnados.
Córdoba a 14 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial, Teresa Rossi Martín.