Boletín nº 195 (14-10-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 1
Córdoba

Nº. 9.866/2010

D. Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 126/2010 a instancia de la parte actora D. Manuel Cazalla López, José Antonio González Corral, Emilio Caballero Piedrahita, Mª Carmen Sánchez Álvarez, José Muñoz  Silva, Luis Manuel  Martínez Aragón, Raúl López Sánchez, Francisco David Sanz Canalejo, Rafael Jesús Martínez Requena y María  Amaya Gómez contra Gráficas Torca S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 1-2-10 del tenor literal siguiente:

AUTO

En Córdoba, a 31 de mayo de 2010.

PARTE DISPOSITIVA

S.Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma  para D. Manuel Cazalla López, 7.058'39 euros más 705'83 euros de demora. D. José Antonio González Corral, 4.126'48 euros  más 412'64 euros de demora, D.  Emilio Caballero Piedrahíta, 4.038'89 euros más 403'88 euros de  demora, Dª Mª Carmen Sánchez Álvarez, 7.984'29 euros más 798'42 euros de demora, D. José  Muñoz Silva, 566'12 euros más 56'61 euros de demora, D. Luis Manuel  Martínez Aragón, 4.683'79 euros más 468'79 euros de demora, D. Raúl López Sánchez, 4.683'79 euros  más 468'37 euros de demora, D. Francisco David Sanz Canalejo 4.074'94 euros más 407'94 euros de demora, D. Rafael Jesús Martínez Requena 4.457'11 euros, más 445'71 euros de demora, Dª  María  Amaya Gómez 1.556'24 euros más 155'62 euros de demora, más la de 9.510 euros calculados para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes,  haciéndose a la entidad ejecutada por medio de edicto en Boletín Oficial de la Provincia, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Luis de Arcos Pérez, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba.

El Magistrado.

Y para que sirva de notificación al demandado Gráficas Torca S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 16 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial, Manuel Miguel García Suárez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad