Boletín nº 195 (14-10-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 1
Córdoba
Nº. 9.866/2010
D. Manuel Miguel García Suárez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba, hace saber:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 126/2010 a instancia de la parte actora D. Manuel Cazalla López, José Antonio González Corral, Emilio Caballero Piedrahita, Mª Carmen Sánchez Álvarez, José Muñoz Silva, Luis Manuel Martínez Aragón, Raúl López Sánchez, Francisco David Sanz Canalejo, Rafael Jesús Martínez Requena y María Amaya Gómez contra Gráficas Torca S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 1-2-10 del tenor literal siguiente:
AUTO
En Córdoba, a 31 de mayo de 2010.
PARTE DISPOSITIVA
S.Sª. Iltma. dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma para D. Manuel Cazalla López, 7.058'39 euros más 705'83 euros de demora. D. José Antonio González Corral, 4.126'48 euros más 412'64 euros de demora, D. Emilio Caballero Piedrahíta, 4.038'89 euros más 403'88 euros de demora, Dª Mª Carmen Sánchez Álvarez, 7.984'29 euros más 798'42 euros de demora, D. José Muñoz Silva, 566'12 euros más 56'61 euros de demora, D. Luis Manuel Martínez Aragón, 4.683'79 euros más 468'79 euros de demora, D. Raúl López Sánchez, 4.683'79 euros más 468'37 euros de demora, D. Francisco David Sanz Canalejo 4.074'94 euros más 407'94 euros de demora, D. Rafael Jesús Martínez Requena 4.457'11 euros, más 445'71 euros de demora, Dª María Amaya Gómez 1.556'24 euros más 155'62 euros de demora, más la de 9.510 euros calculados para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndose a la entidad ejecutada por medio de edicto en Boletín Oficial de la Provincia, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.
Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Iltmo. Sr. D. Luis de Arcos Pérez, Magistrado del Juzgado de lo Social Número 1 de Córdoba.
El Magistrado.
Y para que sirva de notificación al demandado Gráficas Torca S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 16 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial, Manuel Miguel García Suárez.