Boletín nº 197 (18-10-2010)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la
Seguridad Social
Córdoba
Nº. 9.948/2010
Don José María Chica Yeguas, Director Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social en Córdoba, hace saber:
Que la Dirección Provincial del INSS ha comunicado al trabajador D. Abraham Gutiérrez Parejo (expte. 2010/0800) resolución de prestaciones indebidamente percibidas en concepto de Incapacidad Temporal por un total de 976,73 € y durante el período del 27-01-2010 al 12-03-2010. Ya que en el subsidio de Incapacidad Temporal derivado de su baja médica de 14-11-2009, resulta percibido indebidamente puesto que según consta en los ficheros de la T.G.S.S. con fecha efectos 30-10-2009 es baja de oficio, en el sistema por acreditarse baja en la actividad. Asimismo se ha recibido en esta Dirección Provincial oficio de la Inspección Provincial de trabajo informándonos de la falta de actividad de la Empresa. Por lo que no queda acreditado el requisito de encontrarse en Alta en el sistema a la fecha de la Baja Médica, de acuerdo con el Art. 130 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, y el Artº 45 del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio.
Que habiendo sido devuelta por el servicio de correos la resolución arriba indicada, correctamente remitida al domicilio de dicho trabajador, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el artº 59, 4º de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285 de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interponer ante esta Entidad reclamación previa contra dicha resolución, en el plazo de 30 días a partir de la publicación del presente anuncio, transcurrido el cual, sin haberse ejercitado la misma, esta Entidad dará traslado de lo actuado a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para que proceda por la vía reglamentaria.
Córdoba, 20 de septiembre de 2010.- El Director Provincial, José María Chica Yeguas.