Boletín nº 200 (21-10-2010)
VI. Administración de Justicia
Juzgado de
Instrucción Número 5
Córdoba
Nº. 10.108/2010
Don Diego Díaz Delgado, Secretario del Juzgado de Instrucción Número 5 de Córdoba, doy fe y testimonio:
Que en el Juicio de Faltas rápido nº 13/10 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Córdoba, a 12-4-2010.
D. Antonio Rodríguez Moyano, Magistrado-Juez de Instrucción número cinco de los de esta capital y de su Partido Judicial, haciendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa Juicio de Faltas rápido, seguida por una falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por Enrique López Antuñez, contra Torcuato Pérez Flores.
Que debo condenar y condeno a Torcuato Pérez Flores como autor de la falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes multa a razón de 3 euros cuota día multa hace un total de 90 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice al establecimiento de alimentación LIDL en la persona de su representante legal en 7,99 euros importe queso, cantidad que devengará el interés previsto en el artículo 576.1 de la L.E. Civil y pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en ambos efectos, conforme a lo prevenido en el art. 221 de la L.E. Cr., autorizado con firma de Letrado, ante este Juzgado y dentro del plazo de cinco días, transcurrido el cual sin verificarlo, adquirirá el carácter de firme y ejecutoria.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Torcuato Pérez Flores, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, expido la presente en Córdoba, a 17 de septiembre de 2010.- El Secretario, Diego Díaz Delgado.