Boletín nº 201 (22-10-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Villaharta
Nº. 10.120/2010
Por este Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el día 30 de septiembre de 2010 y con la mayoría prevista en el artículo 47.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se adoptó provisionalmente acuerdo de modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:
1.- Ordenanza Reguladora de Tasa por Expedición de Documentos Administrativos.
2.- Tasa por Prestación del Servicio de Cementerio Municipal.
3.- Tasas por Utilizaciones Privativas o Aprovechamientos Especiales del Dominio Público Local.
4.- Tasa por la Prestación del Servicio de Piscina Municipal.
5.-.Tasas por Prestación del Servicio de Mercado.
6.- Tasa por Prestación del Servicio de Recogida de Basuras.
7.- Tasa por prestación del servicio de fotocopiadora.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17, párrafos 1 y 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el expediente, que estará de manifiesto en la Secretaría Municipal, queda expuesto al público por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente en el Boletín Oficial de la Provincia.
Durante el expresado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que consideren oportunas que deberán ser resueltas por el Pleno.
En caso de no presentarse reclamaciones se considerará elevado a definitivo el acuerdo provisional, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del TRLHL
Villaharta a 1 de octubre de 2010.- El Alcalde, Alfonso Expósito Galán.