Boletín nº 202 (26-10-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Montilla

Nº. 9.086/2010

El Pleno de la Excma. Corporación acordó, en sesión celebrada el día 8 de julio de 2010:

Fuera del Orden del  Día y previa declaración de urgencia adoptada por unanimidad de los miembros presentes, que en este momento son diecinueve concejales de los veintiuno que lo integran, lo que constituye la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se trató el siguiente asunto:

1º.- Aprobar definitivamente el Proyecto de Estatutos y Bases de la Junta de Compensación del sector PP.R-1 de las NN.SS. de planeamiento municipal, promovidos por D. Pedro Repiso Gil, en representación de propietarios de suelo incluido en la unidad de ejecución, con la advertencia expresa al promotor de que no se procederá a la ratificación del Proyecto de Reparcelación ni a la tramitación del Proyecto de Urbanización, sin que se presten las garantías exigidas por el artículo 130.2 A.g) de la LOUA.

2º.- Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

3º.- Notificar el acuerdo personalmente a los propietarios afectados, requiriendo a los que no lo hubiesen hecho para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación en el plazo de un mes contado desde la notificación, con advertencia de reparcelación forzosa en caso contrario.

4º.- Requerir a los propietarios que se hubiesen incorporado para que constituyan la Junta de Compensación en escritura pública en la que designarán los cargos del órgano rector, que habrán de recaer necesariamente en personas físicas.

5º.- Designar como representante municipal en la Junta de Compensación a Dña. Rosa Lucía Polonio Contreras.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la fecha de esta publicación, o acudir directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio. En caso de interponer Recurso Potestativo de Reposición, no podrá acudir al Contencioso-Administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o denegado por silencio administrativo por el transcurso de un mes sin notificación desde la citada interposición, a partir de entonces podrá acudir a la vía Contencioso Administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación del Recurso Potestativo de Reposición, si la resolución es expresa, o de seis meses, si la resolución es presunta, contados a partir del día siguiente de la notificación o de la desestimación por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición interpuesto, todo ello, de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del R.J.A.P.y P.A.C., en la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, en la nueva redacción dada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Montilla, a 25 de agosto de 2010.- La Alcaldesa-Presidenta, Rosa Lucía Polonio Contreras.

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