Boletín nº 204 (28-10-2010)
II. Administración General del Estado
Ministerio de Trabajo
e Inmigración
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la
Seguridad Social
Córdoba
Nº. 10.417/2010
Don José María Chica Yeguas Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Córdoba, hace saber:
Que la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ha comunicado a D. Manuel Vallejo Gómez, la iniciación del procedimiento para el reintegro de prestaciones indebidas de Protección Familiar, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 148/1996, de 5 de febrero por el que se regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas (BOE del día 20).
Hechos
"Que se ha comprobado, según procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo nº 62/2007, dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Montoro, no tiene la guarda y custodia de sus hijos Alba e Isabel Mª Vallejo Bermúdez, dejando de tener la consideración legal de menor a su cargo a los efectos de esta prestación. En consecuencia, durante el periodo 01/01/2010 a 30/06/2010 ha percibido indebidamente la cantidad de 291,00 euros. Como forma de reintegro de la citada cantidad se le propone el pago de un descuento semestral de 291 euros, que se le descontará de su prestación de protección familiar, que percibe en esta Entidad.
Que no habiéndose podido notificar por el servicio de correos la comunicación arriba indicada, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el Art. 59, 4º de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (BOE. 285 de 17 de noviembre de 1992), para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad, podrá interponer ante esta Entidad alegaciones contra dicha comunicación, en el plazo de 15 días a partir de la publicación del presente anuncio, para que formule las alegaciones que estime convenientes en defensa de su derecho, y manifieste su conformidad a la propuesta de reintegro, formule una propuesta alternativa, siempre que la cuantía a reintegrar sea superior a la fijada por esta Dirección Provincial, o mediante un único pago en la cuenta especial de ingresos del I.N.S.S., abierta en la oficina principal de CAJASUR con el nº 3.700/10.982, todo ello de conformidad con el Art. 32.1.2.3 de la Ley 30/90 de 26 de noviembre.
Córdoba a 4 de octubre de 2010.- El Director Provincial, José María Chica Yeguas.