Boletín nº 205 (29-10-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Cañete de las Torres
Nº. 10.368/2010
En el día de hoy esta Alcaldía ha dictado la siguiente Resolución:
"Decreto.- Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley, la facultad de delegar determinadas atribuciones conforme al art. 21.3 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento el próximo día 9 de octubre de 2010, a las 13,30 horas.
Por consiguiente, vistos entre otros, los artículos 21.3 de la LRBRL, 43 y ss. del RD 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General y de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por el presente vengo a resolver:
- Primero, Delegar en el Consejal de este Ayuntamiento D. Félix Romero Carrillo, el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para tal día.
- Segundo, Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Diego Hita Borrego, en Cañete de las Torres, a 6 de octubre de 2010".
Cañete de las Torres, 6 de octubre de 2010.- El Alcalde, Diego Hita Borrego.