Boletín nº 206 (02-11-2010)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino
Confederación Hidrógráfica del Guadiana
Ciudad Real

Nº. 10.499/2010

Conforme a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. número 12, de 14 de enero de 1999), se hace público lo siguiente:

Con fecha 22/07/2010 se ha dictado por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana la siguiente resolución:

Declarar la caducidad del expediente 1.175/1994, incoado a instancia de Enrique Cantador García, relativo a una solicitud de concesión de un aprovechamientos de aguas subterráneas en Conquista (Córdoba), para uso Ganadero y proceder a su archivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992) en su redacción dada por la Ley 4/1999, por la que se modifica la anterior (BOE núm. 12, de 14 de enero de 1999).

De conformidad con lo establecido en el art. 22, apartado 2, del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D.L. 1/2001, de 20 de julio (BOE nº 176 de 24/07/01), esta Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, ante el Excmo. Sr. Presidente de este Organismo. Asimismo, contra esta Resolución podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio o ante el de Extremadura o Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. nº 167 de 14/07/98).

Si el motivo de la reclamación tuviera relación con las tasas por informes y otras actuaciones y por inscripción, se podrá interponer Recurso de Reposición, al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, ante esta Presidencia en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, o reclamación económico administrativa, ante el Tribunal Económico Administrativo correspondiente, en el mismo plazo, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

Exped.- Año.- DNI/CIF.- Nombre.- Apellidos.- Term. domic.- Prov. domic.- Mun. aprov.- Prov. aprov.- Fecha intento notificación.

1175; 1994; 23642878M; Enrique; Cantador García; La Carlota; Córdoba; Conquista; Córdoba; 27/07/2010 19/08/2010.

Ciudad Real, 17 de octubre de 2010.- El Comisario de Aguas, Samuel Moraleda Ludeña.

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