Boletín nº 210 (08-11-2010)

V. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río
Urbanismo

Nº. 10.409/2010

El señor Alcalde-Presidente de este Ilustre Ayuntamiento ha dictado, el día 7 de octubre de 2010, el siguiente:

Decreto 2463/2010 de admisión a trámite del Proyecto de Actuación presentado por Tiromalpica, S.L. para la implantación de un Área de Entretenimiento y Cuidado de Animales Domésticos, en parcela 251 del polígono 7, DS Diseminados 32 de "La Algaba", de este término municipal.

Vista la solicitud formulada por Tiromalpica, S.L. con C.I.F. B-14550354 para la autorización, en suelo no urbanizable, de implantación de un Proyecto de Actuación rotulado "Modificado de Proyecto para un Área de Entretenimiento y Cuidado de Animales Domésticos" visado con fecha 30 de marzo de 2010, y Anexo de fecha 15 de julio de 2010 (Registro de Entrada en el Iltre. Ayuntamiento de Palma del Río con fechas 7/04/2010 y 27/07/2010 respectivamente) redactado por los Arquitectos Don Pedro Ignacio Dugo Uña y D. César Egea Nieto, presentado en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Visto que el Proyecto de Actuación se ubica en la Parcela 251 del Polígono 7, DS Diseminados 32 de "La Algaba" con Referencia Catastral 14049A007002510000IM, y sobre la Finca Registral 19300, cuya descripción es la siguiente:

Rústica: Suerte de tierra de labor situada en los pagos de la Algaba y Malpica, en término municipal de Palma del Río. Tiene una superficie de tres hectáreas, seis áreas y cinco centiáreas. Linda, al Norte, con finca de la que se segrega; al Sur, con el camino de Fuente Carretero y tierras de doña Elia Adame Claudel; al Este, con tierras de esta misma señora y la de doña Carmen Ruiz de Almodovar, mediante el camino de servicio; y al Oeste, con finca de don Miguel González Zamora. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Palma del Río al Tomo 1350, Libro 417, Folio 7, Inscripción 1ª

Visto que el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de esta ciudad (en adelante PGOU), aprobado por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2010, que refunde el Texto Refundido aprobado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo con fecha 3 de noviembre de 2005, y publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 77 de fecha 19 de abril de 2007 y diversas Innovaciones entre las que han sido objeto de publicación en el BOJA Nº 79, de fecha 27/04/2009 y en el BOJA nº 223, de fecha 16/11/2009, clasifica el Suelo donde se pretende la actuación como Suelo No Urbanizable de carácter natural o rural "Lomas de Campiña", siendo la superficie de la finca donde se pretende la actuación de 30.605 m 2 , la cual queda vinculada a los efectos establecidos en el art. 67.d) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Vistos el informe Técnico emitido por el Técnico de Disciplina y Gestión Nº 491/2010, de 21 de septiembre, en el sentido de favorable.

Visto el Informe Jurídico emitido por la Técnica Responsable del Departamento Jurídico de Urbanismo de fecha 29 de septiembre de 2010 donde se hace constar la legislación de aplicación y el procedimiento que se ha de seguir para su aprobación, señalándose entre otros extremos los siguientes:

"....sobre los terrenos donde se pretende la actuación, situados en a Parcela 251 del Polígono 7, DS Diseminados 32 de "La Algaba", se dictó por el Sr. Alcalde-Presidente Decreto nº 356/2000, de 28 de enero, de Autorización en Suelo No Urbanizable (publicado en el BOP nº 56 de 9 de marzo de 2000) de una Instalación de un Campo Permanente de Tiro al Plato, previa emisión del Informe Preceptivo emitido por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de fecha 26 de enero de 2000 donde se preveía la creación de un Campo permanente de tiro al plato, consistente básicamente en la edificación de una nave dedicada a caseta de máquina y almacen de 35 m2, bar y aseos (100 m2) y terraza exterior de 10 m2.

Visto el Artículo 43 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y los artículos 5.28.e) y 12.229.3, apartado "Actividades de ocio de la población", epígrafe f) de las Normas Urbanísticas del PGOU.

En el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el art. 1.c) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía,

He resuelto

Primero.- Admitir a trámite el Proyecto de Actuación promovido por Tiromalpica, S.L. con C.I.F. B14550354 para la autorización, en suelo no urbanizable, de un Área de Entretenimiento y Cuidado de Animales Domésticos, por concurrir en la actividad los requisitos exigidos para ello en el artículo 42 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Segundo.- Someter el expediente a información pública, por plazo de 20 días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con llamamiento a los propietarios de terrenos incluidos en el ámbito del Proyecto.

Tercero.- Notificar a los interesados.

Palma del Río a 7 de octubre de 2010.- El Segundo Teniente de Alcalde, p.d. del Sr. Alcalde-Presidente, Francisco J. Domínguez Peso.

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