Boletín nº 214 (12-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 10.842/2010

Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 687/2010 a instancia de la parte actora D. Francisco Ruiz Arrebola contra INSS, TGSS y Incamasa S.A. sobre Seguridad Social, se ha dictado Resolución de fecha 20-10-10 del tenor literal siguiente:

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por D. Francisco Ruiz Arrebola contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Incamasa, debo declarar y declaro que el demandante tiene derecho a percibir pensión de jubilación con efectos del 4 de enero de 2010 sobre una base reguladora de 1.066,06 euros mensuales (en 14 pagas anuales) y un porcentaje de base del 74%, condenando al Instituto a que abone la prestación en la parte que resulte de una base de 891,39 euros y a la empresa en la restante (174,67 euros); asimismo, condeno a dicha empresa a que ingrese en la Tesorería General de la Seguridad Social el correspondiente capital coste de la prestación de la que debe responder; todo ello sin perjuicio del deber de anticipo con derecho a repetir de la empresa incumplidora- a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la responsabilidad subsidiaria del mismo en caso de insolvencia empresarial.

Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/65/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 150,25 euros.

Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Incamasa SA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 20 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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