Boletín nº 214 (12-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 10.843/2010

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:  

Que en este Juzgado, se sigue la ejecución núm. 128/2009 dimanante de los autos núm. 290/209 y Acumulados, sobre Ejecución de títulos judiciales de R/Cantidad, a instancia de Pedro Bermúdez Campos, José Antonio López Sampere, Juan Antonio Sierra Carrasco, Antonio Muñoz Roldan, Fernando Bermúdez Márquez, Pilar Castillejo Pérez, Purificación Contreras Fernández, Rafael López Sampere y Pilar Castillejo Pérez Contra Riegos Técnicos Agrícolas S.A. (Tecniriegos S.A.), en la que con fecha 02-09-2010 se ha dictado Diligencia de Ordenación que literalmente dice lo siguiente:  

Diligencia de Ordenación de la Secretaria Sra. doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- En Córdoba, a 2 de septiembre de 2010. 

Ha tenido entrada el/los anterior/es escrito/s y documento/s adjunto/s presentado por el Fondo de Garantía Salarial se une/n a los autos de su razón, previa extracción de los mismos del archivo donde se encuentran. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en dicho escrito y por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en los créditos de este procedimiento en la cuantía expresada, y no habiendo cambiado las circunstancias por las que se dictó Autode insolvencia provisional, devuélvanse las actuaciones al estado de archivo en que se encontraban previa notificación de este proveído a las partes.  

Modo de Impugnación: Mediante Recurso de Reposición, a presentar ante quien dictó la Resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a su juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interpretación del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.  

Lo acuerdo, mando y firmo.- Fdo.: Marina Meléndez-Valdés Muñoz. Rubricado.

Y para que sirva de notificación en forma a, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.  

En Córdoba a 30 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad