Boletín nº 217 (17-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Social
Sevilla

Nº. 11.051/2010

La Sala de lo Social, con Sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, hace saber:

Que en el Recurso de Suplicación nº 2480/08-G- dimanante de los autos Nº 170/08 seguidos por el Juzgado de lo Social Número 3 de los de Córdoba seguido entre las partes que a continuación se dirán, sobre Contrato de Trabajo, se ha dictado por esta Sala la Resolución cuya parte dispositiva es como sigue:

Fallamos con desestimación del Recurso de Suplicación interpuesto por la representación Letrada de Dª. María Belén Rosende Medin frente a la sentencia dictada el 13 de mayo de 2008 por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Córdoba, en autos sobre despido, promovidos por la recurrente contra Gestión Cinematográfica SL debemos confirmar dicha sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra ella, cabe recurso de Casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo Social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así por esa nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Sigue Firmas.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a Gestión Cinematográfica SL cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente

En Sevilla a 26 de octubre de 2010.- El Secretario, Manuel Varón Mora.

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