Boletín nº 218 (18-11-2010)

VII. Otras Entidades

Consorcio de Turismo
Córdoba

Nº. 10.320/2010

Por la Junta General del Consorcio de Turismo de Córdoba, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2010, punto 4º del Orden del Día, se adoptó Acuerdo de aprobación inicial de modificación presupuestaria por Suplemento de Crédito financiado Remanente Líquido de Tesorería, con el siguiente tenor dispositivo:

Primero: Aprobar inicialmente la modificación del Presupuesto del año 2010 del Consorcio de Turismo de Córdoba mediante la concesión de un suplemento de crédito por importe de 117.730,14 euros en las partidas que a continuación se detallan:

Empleos:

Partida.- Denominación.- Importe

4300 22000 Material de oficina no inventariable 3.000,00

4300 22003 Imprenta corporativa 500,00

4300 22100 Energía eléctrica monumentos 39,78

4300 22200 Comunicaciones telefónicas 7.044,82

4300 22201 Comunicaciones postales 5.000,00

4300 22608 Gastos de funcionamiento 1.881,16

4300 22706 Trabajos y estudios técnicos. 9.082,82

4301 21200 Reparación y conservación PITs 3.000,00

4301 22000 Material de oficina PITs 1.000,00

4301 22100 Energía eléctrica AVE 1.500,00

4301 22104 Vestuario informadores 1.288,22

4301 22200 Comunicaciones telefónicas PITs 2.000,00

4301 22400 Primas de seguros 148,00

4301 22700 Trabajos realizados por otras empresas. Limpieza y aseo 622,74

4301 22706 Trabajos y estudios técnicos. Información 324,22

4302 22602 Gastos funcionamiento Observatorio Turístico y prensa 1.900,00

4302 23010 Dietas personal de Calidad 800,00

4303 22614 Material productos divulgativos de Córdoba 2.445,46

4303 22710 Material de promoción productos turísticos 1.000,00

4305 22605 Actividades receptivas 342,40

4305 22706 Trabajos y estudios técnicos. Promoción 55.983,98

4305 22710 Material de promoción en general 18.826,54

Total: 117.730,14 euros

Recursos:

Concepto.- Importe.

Remanente Líquido de Tesorería 117.730,14 euros

Total: 117.730,14 euros

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el art. 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley Reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones. De acuerdo con lo previsto en el art. 179.4 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las haciendas Locales, y en aplicación del art. 169 de la misma Ley, queda expuesta al público la modificación presupuestaria del Presupuesto del año 2010 referenciada en el acuerdo anterior, así como los documentos complementarios que en la Intervención Municipal durante quince días hábiles, contados desde el día siguiente al que aparezca publicado el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con objeto de que en dicho plazo puedan interponerse las reclamaciones oportunas.

En caso de no haber reclamaciones, la citada modificación se considerará definitivamente aprobada.

Córdoba, a 30 de septiembre de 2010.- El Presidente de la Junta General del Consorcio de Turismo de Córdoba, Andrés Ocaña Rabadán.

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