Boletín nº 218 (18-11-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de
Córdoba
Gestión Tributaria
Nº. 10.914/2010
La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día ocho de octubre de dos mil diez, adoptó entre otros el siguiente acuerdo relativo al Calendario Fiscal para el ejercicio del 2011 y siguientes:
PRIMERO.- Establecer entre el 20 de febrero al 20 de abril, el cobro en voluntaria del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, Impuesto sobre Gastos Suntuarios (Cotos) y la Tasa de Higiene Pública para los casos en que no sea posible su cobro conjuntamente con el recibo del agua.
SEGUNDO.- Fijar entre el 5 de abril y el 5 de junio, el período de cobro en voluntaria del Impuesto de Bienes Inmuebles Urbana y Rústica.
TERCERO.- El Impuesto de Actividades Económicas y la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las Aceras se recaudarán entre el 20 de septiembre y el 20 de noviembre.
CUARTO.- No obstante, si alguna de las fechas de inicio del periodo de cobro en periodo voluntario resultara ser sábado o domingo, el citado plazo se iniciará el primer viernes anterior a dicha fecha.
QUINTO.- Igualmente, si alguna de las fechas de fin del periodo voluntario de cobro resultara ser sábado o domingo, el citado plazo concluirá el primer lunes posterior a dicha fecha.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ordenanza Fiscal General de este Ayuntamiento de Córdoba y en el artículo 62.3 de la Ley General Tributaria, para general conocimiento.
Córdoba, a 19 de octubre de 2010.-El Titular del Órgano de Gestión Tributaria Municipal, Fdo.: Manuel Zafra Muñiz.