Boletín nº 218 (18-11-2010)

II. Administración General del Estado

Ministerio de Trabajo e Inmigración
Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Córdoba

Nº. 11.087/2010

Don José María Chica Yeguas, Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Córdoba, hace saber:

Que la Dirección Provincial del INSS ha comunicado al trabajador D. Yousset Amraji (expte. 2010/0837) resolución de prestaciones indebidamente percibidas en concepto de Paternidad por un total de 53,04 €, y durante el período del 29-07-2010 al 10-08-2010. Ya que en el subsidio de Paternidad, resulta percibido indebidamente en la cantidad reflejada, puesto que la base reguladora definitiva de la prestación resulta inferior en un importe diario de 04,08 €, de acuerdo con el art. 130 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y el artº 45 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.

Que habiendo sido devuelta por el servicio de correos la resolución arriba indicada, correctamente remitida al domicilio de dicho trabajador, se publica el presente en virtud de lo dispuesto en el artículo 59,4ª de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285 de 27-11-92) para que sirva de notificación al interesado, haciéndole saber que, en caso de disconformidad podrá interponer ante esta Entidad reclamación previa contra dicha resolución, en el plazo de 30 días a partir de la publicación del presente anuncio, transcurrido el cual, sin haberse ejercitado la misma, esta Entidad dará traslado de lo actuado a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social para que proceda por vía reglamentaria.

Córdoba, 18 de octubre de 2010.- El Director Provincial, José María Chica Yeguas.

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