Boletín nº 218 (18-11-2010)
V. Administración Local
Ayuntamiento de Doña Mencía
Nº. 11.367/2010
Doña María de los Santos Córdoba Moreno, Alcaldesa-Presidenta del Excelentísimo Ayuntamiento de doña mencía (Córdoba), hace saber:
Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2.010, acordó aprobar provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales que se relacionan a continuación.
Impuestos
- Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles.
Tasas
- Tasa por Ocupación de Terrenos de Uso Público Local con Puestos, Barracas y Casetas.
- Tasa por Prestación de Servicios en el Cementerio Municipal.
- Tasa por la Prestación de Servicios Deportivos y de Piscina Municipal.
- Tasa por Asistencias y Estancias en la Guardería Infantil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, este acuerdo provisional y las correspondientes ordenanzas fiscales modificadas se encuentran expuestos al público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, pudiéndose examinar el expediente en la Secretaría Municipal y presentarse reclamaciones en el plazo de treinta días, a partir de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, entendiéndose elevado a definitivo el acuerdo de aprobación provisional si durante el referido plazo de exposición pública no se presentasen reclamaciones.
Doña Mencía, 4 de noviembre de 2010.- La Alcaldesa, María de los Santos Córdoba Moreno.