Boletín nº 219 (19-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 11.081/2010

Doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 41/2010 a instancia de la parte actora MC Mutual contra Gutiérrez de Sotomayor S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 07/09/2010 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz.- En Córdoba, a 7 de septiembre de 2010 y,

Hechos 

Primero.- Que con fecha 24/06/2010 se practicó en las presentes actuaciones liquidación de intereses y costas dándose vista a las partes por plazo de diez días sin que ninguna de ellas se haya opuesto.

Segundo.- Que ha transcurrido el término de diez días concedido a las partes para que aleguen lo que a su derecho convenga en cuanto a la liquidación de intereses y costas practicada en su día en las presentes actuaciones, sin que por ninguna de las partes haya impugnado dicha tasación.

Razonamientos jurídicos

Único.- No habiéndose impugnado la liquidación de intereses y costas practicada en las presentes actuaciones ejecutivas, se tienen a las partes por conforme y con arreglo al artículo 244.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede su aprobación.

Parte dispositiva

Acuerdo: Se aprueba la liquidación de intereses y costas practicadas en las presentes actuaciones por importe total de 270,06 € de los que 53,28 euros corresponden a la parte actora en concepto de intereses devengados, 139,50 euros corresponden a minuta de honorarios así como la cantidad de 77,28 euros corresponde a devolución a la parte ejecutada como sobrante. Procédase a librar los mandamientos de pago correspondientes y una vez conste la cuenta de consignaciones del presente procedimiento a cero, archívese el presente procedimiento sin más trámites.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso directo de revisión, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30/ (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos), de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por este Decreto, lo acuerdo mando y firmo Dña. Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Gutiérrez de Sotomayor S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 26 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial, Marina Meléndez-Valdés Muñoz.

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