Boletín nº 221 (23-11-2010)

VI. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 3
Córdoba

Nº. 11.244/2010

Dª Marina Meléndez-Valdés Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1134/2010 a instancia de la parte actora D. Rafael Otero Mondejar contra Kit-Córdoba S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado Decreto y Providencia de fecha 22/09/2010 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

- Admitir  esta demanda presentada en materia de Reclamación de Cantidad.

- Señalar  el próximo día 14 de marzo del 2011 a las 09.30 horas de su mañana, para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en C/Doce de Octubre,2 (Pasaje).Pl.2, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación a celebrar ante el Secretario judicial sucesivamente se pasará a juicio.

 -Citar a las partes, sirviendo el presente decreto de citación en forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

-Se tienen por hechas las manifestaciones del actor de que comparecerá a los actos convocados asistido de Letrado o representado por Graduado Social de su libre designación.

-Se señala, a efectos de oír notificaciones, domicilio en esta Capital, en Pje. Jose Aumente Baena, Num. 4, 1, 1º,A-6.

-Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba Documental.

-Dar traslado a S.Sª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda, relacionada anteriormente.

-Dar cuenta a S.Sª del señalamiento efectuado a los efectos del art 182 LEC.

-En los procesos incursos en administración concursal se tendrá como parte al Fogasa conforme el art. 23.2 LPL.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL

Fd. Manuel M. García Suárez.

PROVIDENCIA DEL/DE LA Magistrado-Juez  D. Arturo Vicente Rueda

En Córdoba, a veintidós de septiembre de dos mil diez.

Dada cuenta. Se admiten las pruebas interesadas.

Se accede a lo solicitado y requiérase a la parte demandada a fin de que en el acto de juicio aporte los recibos de salarios y justificantes de pago del actor correspondientes al periodo que se reclama.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que frente a la misma cabe interponer Recurso de Reposición, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días, contados a partir de su notificación, advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá depositar el importe de 25 € en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Banesto, (0030), sita en Córdoba, Avda. Conde Vallellano, 17. Oficina, 4211. D.C. 30, con el núm. 1446/0000/30 (núm. del expediente, con 4 dígitos) / (año, con 2 dígitos),  de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica uno de dos mil nueve de tres de noviembre.

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.

Y para que sirva de notificación y citación  al demandado Kit-Córdoba S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 28 de octubre de 2010.-La Secretaria Judicial, Fdo. Marina Meléndez Valdés Muñoz.

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